Próximo curso de iniciación en el proceso concursal

La actual Ley Concursal 22/2003 de 9 de julio, recoge en su artículo 27, las condiciones subjetivas para el nombramiento de Administradores Concursales y en su punto 1 señala que uno de ellos habrá de ser un abogado, auditor de cuentas, economista o titulado mercantil, con experiencia profesional de, al menos, 5 años de ejercicio efectivo. Asimismo recoge, al final de dicho artículo, que “los profesionales implicados, acreditarán en todo caso, su compromiso de formación en la materia concursal”.

El referido artículo, sin embargo, está en trance de ser modificado, pues el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal, de fecha 16 de diciembre de 2010 y actualmente en tramitación parlamentaria, al tratar las mencionadas condiciones subjetivas, sólo alude a un abogado, auditor de cuentas, economista o titulado mercantil en ejercicio, suprimiendo la obligatoriedad de los cinco años de ejercicio efectivo, y considera también a las personas jurídicas integradas por cualesquiera de los profesionales que pueden ser administrador concursal para que ejerzan dicho cargo.

Pero también recoge que en el listado que los Colegios deben remitir a los Juzgados de lo Mercantil, debe haberse acreditado, además de la disponibilidad para el desempeño de la función, “su formación en materia concursal y, en todo caso, su compromiso de continuidad en la formación en esta materia”. Esta formación específica, además, pasa a ser un elemento esencial en la propuesta de reforma del art. 27 para ser designado administrador concursal, en concursos más complejos si el letrado carece de experiencia previa.

Por todo ello, se abre el campo a cualquier profesional colegiado, pero se exige acreditar la formación en materia concursal, lo que, teniendo en cuenta las previsiones de publicación y entrada en vigor de la reforma para septiembre de este año 2011, obliga a contemplar estos previsibles cambios en orden a la elaboración de las listas futuras colegiales de 2012 y siguientes.

La Fundación Escuela de Derecho Concursal de Granada, que tiene éste entre sus principales fines, ha organizado un curso para adquirir una formación básica y esencial, de carácter general y dirigido a quienes comienzan su andadura en el mundo concursal o necesitan revisar su formación inicial, vista la inminencia de la reforma. Será impartido por el Magistrado que entiende de lo Mercantil en la Audiencia Provincial de Granada, don Enrique Pinazo Tobes y por el titular del Juzgado de lo Mercantil, también de Granada, don Blas González Navarro, conforme al programa que se adjunta.

Puede encontrar más información sobre el curso en los siguientes enlaces: