Expertos estiman que la nueva normativa no evitará los concursos

Segunda_Oportunidad

Hace apenas un mes de la publicación de Real Decreto Ley que aparece con un nombre explícito de “Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social”. El objetivo que persigue la normativa es ofrecer, a las personas físicas o naturales de buena fe, que han sufrido un fracaso económico o empresarial, diferentes mecanismos para que puedan iniciar una actividad productiva sin tener que arrastrar de forma indefinida una deuda que nunca podrán satisfacer. Se trata de un reto loable, pero difícil de alcanzar, según han puesto de manifiesto los expertos que han intervenido en las “Jornadas formativas sobre Segunda Oportunidad” que ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

En este sentido, Ana Belén Campuzano, catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad San Pablo CEU, sostiene que la normativa “es un primer paso en la buena dirección, pero se debería haber planteado un esfuerzo adicional para que sea más efectiva”. También considera que se deberían haber relajado los requisitos que se exigen, aunque sin que esto potencie el fraude.

Por otra parte, entiende que “no va a evitar que la empresa llegue al concurso de acreedores”, una apreciación en la que coincide con el magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Granada, Enrique Sanjuán, para quien “aunque es una medida que suena a preconcursal, el efecto perseguido se puede obtener si se va al concurso”. En su opinión, lo que aporta el Real Decreto de nuevo es la remisión de deudas, la posibilidad de que el deudor pueda liberarse de aquello que no puede pagar. Una solución que afectará a las personas físicas y autónomos.

La normativa incluye otras medidas que persiguen, igualmente, reactivar la economía nacional. Se centran en tres bloques, el fomento de la contratación indefinida, del empleo autónomo y de la protección social agraria, en los cuales se ha detenido Ana Orellana, presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en la sede de Sevilla, durante su intervención en las Jornadas de la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil.

En el ámbito de la protección social agraria se reduce el volumen de peonadas reales cotizados, de 35 a 20, que dan derecho al jornalero a percibir el subsidio. En cuanto a la modificación del empleo autónomo, Orellana explica que “el trabajador autónomo está ahora desprotegido y lo que busca la normativa es acercarlo a las coberturas del trabajador por cuenta ajena”. Mientras que el fomento de la contratación indefinida se basa en la bonificación de cuotas a la Seguridad Social bajo ciertos requisitos.

Igualmente el exmagistrado, Blas Alberto González, alude a que la nueva legislación amplía el colectivo protegido por el Código de Buenas Prácticas a quienes se les excluye de las cláusulas suelo de las hipotecas; igualmente amplía la protección a deudores hipotecarios, entre otras disposiciones.

En las Jornadas también se han abordado las medidas tributarias que incorpora el Real Decreto, espacio del que se ha ocupado el inspector de la AEAT, Javier Argente; mientras que en analizar las implicaciones de la normativa en el caso de las personas físicas que no son empresarios se ha detenido el magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, Fernando Caballero.

Jornadas Formativas sobre ««Segunda Oportunidad» tras el RDL 1/2015″

Tras ser aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social y dadas las relevantes novedades que en él se recogen, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada promueve estas Jornadas Formativas con el objetivo de desgranar el contenido de las mismas.

Entre lo más destacado encontramos medidas que persiguen facilitar el desendeudamiento de la economía española, al tiempo que se amplía la protección a aquellos colectivos más vulnerables por la crisis. Se establece así una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas que incluye, por primera vez, a las personas físicas. Además, se amplía el colectivo protegido por el Código de Buenas Prácticas a quienes se les excluye de las cláusulas suelo de las hipotecas y se prorroga dos años más la suspensión de los desahucios que vencía el próximo mes de mayo.

El objetivo de la segunda oportunidad es conciliar intereses de acreedores y deudores mediante unos procedimientos con garantías que permitirán afrontar el pago de las deudas de forma ordenada, a la vez que se amplían las medidas actuales para incluir a los particulares y para dar mayores facilidades a las empresas de más reducida dimensión. Se desarrolla así un marco permanente de insolvencia personal, en línea con las recomendaciones de los principales organismos internacionales y la Unión Europea.

FECHAS: Lunes 23 de marzo y miércoles 25 de marzo de 2015.

HORARIO: De 16:00h a 20:30h.

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Plaza de Santa Ana, 5. Granada.

PROGRAMA

Lunes 23

  • Nueva regulación de los Acuerdos Extrajudiciales de pago. Sra. Doña Ana Belén Campuzano Laguillo.Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad San Pablo CEU.
  • Medidas de fomento de empleo en el RDL 1/2015. Ilma. Sra. Doña Ana Orellana Cano. Presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Sevilla).
  • Personas físicas empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

Miércoles 25

  • Medidas tributarias en el RDL 1/2015. Sr. Don Javier Argente Álvarez. Inspector de Hacienda del Estado.
  • Personas físicas no empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Fernando Caballero García. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.
  • Protección de deudores hipotecarios, rentas de exclusión y código de buenas prácticas. Sr. Don Blas Alberto González Navarro. Abogado.

Tras el Convenio de colaboración firmado con la Editorial Jurídica SEPÍN, S.L., todos los inscritos en esta actividad formativa tendrán acceso gratuito durante 12 meses a la Base de Datos de legislación, jurisprudencia, doctrinas, formularios y diferentes utilidades en materia Mercantil, Procesal y de Mediación, que ofrece esta Editorial.

Asimismo, se hará entrega de un ejemplar del texto consolidado de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, incluidas la últimas modificaciones, del cual pueden consultar el prólogo, redactado por Don Enrique Sanjuán y Muñoz, en el siguiente enlace: PROLOGO.

 

 

Se certificarán 8 horas de formación.

Pueden inscribirse en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN SEGUNDA OPORTUNIDAD

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.