Próximas Actividades Formativas – Diciembre 2016

Homologado por REFOR

Jornada sobre «Análisis práctico del concepto de Irregularidad Contable a efectos de la calificación del concurso de acreedores»

FECHA: Jueves, 01 de diciembre de 2016.

HORARIO: de 16:30 h a 20:30 h.

LUGARHotel Carmen. (Acera del Darro, 62 – Granada)

PONENTEIlmo. Sr. D. Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado de la Audiencia Provincial de Almería.

Se certificarán 4 horas de formación.

 

Puede formalizar su inscripción en el siguiente enlace: FORMACIÓN CONCURSAL DICIEMBRE

 

 

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Jornada sobre Responsabilidad Derivada del Ejercicio de la Administración Concursal: Ámbito Civil, Tributario y Penal

Fundación Dcho Concursal

Jornada sobre Responsabilidad Derivada del Ejercicio de la Administración Concursal: Ámbito Civil, Tributario y Penal

 

FECHA: Martes, 25 de Octubre de 2016.
HORARIO: de 17:00 h a 19:00 h.
LUGARIlustre Colegio de Abogados de Granada.

 

PONENTESr. D. Fernando Bertrán GirónAbogado del Estado y jefe adjunto de la Abogacía del Estado en Granada.

 

PROGRAMA:
  • Alteración del orden en el pago de créditos contra la masa.
  • Incumplimiento de obligaciones tributarias.
  • Administración desleal.
  • Causas que pueden derivar responsabilidades de índole penal.

 

Se certificarán 2 horas de formación.

 

HOMOLOGADO POR:
  REFOR

 

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.
Puede formalizar su inscripción en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN 25 OCTUBRE

 

Una mayor competencia en las pujas electrónicas repercutirá en que las empresas en concurso consigan mejores valoraciones por sus bienes

SUBASTA

Los trasteros de una empresa en concurso entran en subasta pública presencial y en dos ocasiones queda desierta. Se abre una nueva puja, en esta ocasión a través del portal de subastas judiciales electrónicas, y se adjudica cada trastero por 1.900 euros. Es sólo un ejemplo real de lo que este portal puede conseguir para las empresas en concurso. Es poco tiempo el que lleva operativo el nuevo sistema; de hecho ha sido el dictado del Real Decreto de 6 de noviembre de 2015,  el que pone en marcha de una manera efectiva la subasta judicial electrónica. Aún así el balance es positivo y permitirá que cualquier persona, física o jurídica, tenga acceso a bienes, muebles e inmuebles, en subasta. De detallar los procedimientos a seguir se ha encargado Rafael Huerta, letrado judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona, ponente de la jornada que bajo el título “Aspectos prácticos de la subasta judicial electrónica en el proceso concursal” ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil.

“El desconocimiento inicial de los usuarios acerca de cómo funciona el portal hará que sean pocos los postores, pero con el tiempo se abrirá a toda la ciudadanía, algo similar a lo que ha ocurrido con otros sitios de internet como e-Bay, incluso con el correo electrónico”, apunta Huerta.

En su opinión, para conseguir que sean más las personas interesadas y que la empresa en liquidación consiga un mayor precio por sus bienes, se pueden utilizar herramientas que apoyen esa aspiración. Los administradores concursales deberán adaptar sus planes de liquidación al nuevo modelo de subasta judicial electrónica, tal y como se ha acordado en las Conclusiones de Magistrados y Letrados de la Administración de Justicia de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, para lo que deben acompañar su petición de subasta de fotografías de los bienes, superando la mera certificación registral exigida por la Ley. “En las plataformas de internet nadie adquiriere productos sin poder visualizarlos, de ahí que el administrador concursal pueda facilitar la venta incorporando imágenes del bien subastado, acción que no supone gasto alguno pero que puede aumentar el volumen de postores y, por tanto, la puja”.

La nueva aplicación otorga mayor transparencia, eficacia y publicidad, que va a beneficiar al público en general y las empresas concursadas en particular. Según explica este experto, el primer paso es darse de alta en el portal, que sólo requiere una firma electrónica, DNI electrónico o tarjeta electrónica validada por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre. A partir de ahí cualquier persona desde su casa, a través de un dispositivo electrónico, puede pujar de forma anónima por el bien que le interese, sólo tendrá que introducir el correo y contraseña seleccionada en el proceso de alta.

Además, la aplicación posibilita hacer una puja con reserva de postura”, una modalidad que no existía en la puja presencial, que unida al anonimato de la aplicación en cuanto al número de postores y de pujas realizadas -únicamente se publica la cuantía máxima de la puja existente en ese momento- , permitirá eludir actos fraudulentos en la alteración del precio de adquisición de los bienes subastados.  “El objetivo es evitar que personas profesionales, los conocidos como subasteros, introduzcan distorsiones tales como hacer una puja muy alta que ahuyente a otros postores y otra muy a la baja”, señala Huerta.   El ciudadano podrá realizar la puja por el precio que estime pertinente, incluso por debajo de la máxima postura, y en el supuesto de que el máximo postor no realice el pago del resto del precio ofertado, la aplicación informática le comunicará que pasa a ser el mejor postor, perdiendo el depósito quien no ha realizado el pago efectivo.

Otra de las variaciones incorporadas es la introducción de nuevos operadores en las subastas. Si antes era la Administración de Justicia la que tramitaba todo el proceso de principio a fin, “ahora se añade la Agencia Tributaria, que regula los depósitos, de modo que los postores ya no tienen que hacer sus ingresos en la cuenta de consignaciones sino en la AEAT, que es la encargada de devolver el depósito una vez concluida la subasta. El tercer operador implicado es la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado que gestiona el portal”, apunta el letrado judicial.

La tasa a pagar al BOE es de 64 euros, con independencia de los lotes que se subasten, y este organismo es el encargado de darle publicidad a la subasta. Tras aparecer en el BOE se publicita en el portal de subastas del BOE (https://subastas.boe.es)

La maquinaria del nuevo sistema está todavía en fase de engranaje de ahí que Huerta aluda a algunos problemas que se están plantando en estos primeros meses de funcionamiento, tales como la ausencia de rectificación si hay un error al hacer la puja, la imposibilidad de pujar a los acreedores privilegiados si no hay otro postor, el horario de cierre de las subastas y las dificultades en la comunicación entre los operadores implicados, juzgados, Agencia Tributaria y BOE.

Edición Especial de la «Guía Práctica del Proceso Concursal 2016»

 

Funda y SEPIN

 

 

Edición Especial de la «Guía Práctica del Proceso Concursal 2016»

 

Coordinador: Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado especialista en Derecho Mercantil. (Listado completo de autores)

Esta nueva edición pretende ser un complemento básico para entender el proceso de insolvencia en España. Está orientada tanto a profesionales como a profanos en la materia, pues parte de lo más básico para llegar a desarrollar todos aquellos aspectos que hasta ahora se han venido materializando en los procesos concursales.

Desde preguntas básicas y desarrollos sistemáticos se ha buscado una comprensión absoluta del procedimiento concursal, sus efectos y las principales tendencias doctrinales y jurisprudenciales. Por ello, el lector podrá encontrar una respuesta fácil a cualquier pregunta tanto por la calidad de quienes intervienen en la misma – profesionales siempre implicados en los procesos de insolvencia – como por su forma de presentación.

No es un manual al uso de los muchos que existen en el mercado, sino una necesaria visión global imprescindible para una localización sencilla y completa en cualquier momento del proceso, de sus efectos, de los posibles resultados y consecuencias y de las alternativas al mismo.

Adaptada a las últimas reformas:

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
  • Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
  • Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
  • Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal.
  • Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial
  • Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

GUÍA SEPÍN 2016 PVP: 52€ + IVA

PRECIO FUNDACIÓN ESCUELA DE DERECHO CONCURSAL Y MERCANTIL: 30€

 

OFERTA ESPECIAL
Si ha sido usted asistente a la Jornada sobre «Aspectos Prácticos de la Subasta Judicial Electrónica en el Proceso Concursal», el precio final por la que puede obtener la nueva Guía Práctica del Proceso Concursal 2016 será de 25€, IVA y gastos de envío incluidos.

 

Unidades limitadas. Reserva por riguroso orden de solicitud.

 

Puede reservar su ejemplar a través del siguiente enlace: SOLICITAR GUÍA 2016

 

 

 

 

Jornada sobre «Aspectos Prácticos de la Subasta Judicial Electrónica en el Proceso Concursal»

Fundación Dcho Concursal

Jornada sobre «Aspectos Prácticos de la

Subasta Judicial Electrónica en el Proceso Concursal»

 

 

FECHA y HORA: Jueves, 17 de marzo; de 16:00h a 20:00h.

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hotel Carmen. Acera del Darro, 62. Granada.

DIRIGIDO A: Administradores Concursales, Abogados, Titulares Mercantiles, Economistas, Auditores de Cuentas, y profesionales de la administración concursal que desean profundizar en la casuística de la aplicación de las subastas electrónicas.

PONENTE: Sr. Don Rafael Huerta García. Letrado Judicial del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona.

PROGRAMA:

1. NUEVOS OPERADORES Y LA PROBLEMÁTICA DE PAGO DE LA TASA. Tras el fin de las subastas presenciales se han introducido unos nuevos operadores: la Agencia Tributaria y el Portal de Subastas Electrónicas del BOE. En este apartado se expondrá qué función corresponde a cada operador y las ventajas e inconvenientes del nuevo sistema.

2. ADAPTACIÓN DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN A LA SUBASTA JUDICIAL ELECTRÓNICA. En este apartado se tratará de explicar cómo se puede acomodar el Plan de Liquidación a la Subasta Judicial Electrónica. No se puede olvidar que, al no ser subasta presencial, lo que se publique en el Portal de Subastas Judiciales será el marco de referencia del postor.

3. ASPECTOS PRÁCTICOS DEL PORTAL DE SUBASTAS JUDICIALES BOE A TENER EN CUENTA POR EL ADMINISTRADOR CONCURSAL. En este apartado se conectará in situ con el Portal de Subastas Judiciales, así como en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, para que el Administrador Concursal pueda valorar la aplicación y luego traslade al Plan de Liquidación las mejores ideas para proceder a la venta en subasta Judicial Electrónica.

4. CASOS PRÁCTICOS DE SUBASTAS JUDICIALES DE JUZGADOS MERCANTILES PUBLICADOS EN EL PORTAL DE SUBASTAS JUDICIALES. Por último, se procederá a analizar supuestos prácticos de Subastas Judiciales en trámite, así como cancelaladas y concluidas. En este apartado se podrá estudiar la variedad de edictos que regulan las Subastas Judiciales en concurso, a la vez que la posibilidad de introducir las visitas a los Bienes Subastados en el propio Portal de Subastas Judiciales.

 

Se certificarán 4 horas de formación.

Nota: Los asistentes obtendrán un descuento sobre el precio de la nueva «Guía Práctica del Proceso Concursal 2016». (Ver detalles)

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Puede formalizar su inscripción en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN SUBASTA ELECTRÓNICA

 

 

Merma la entrada de concursos en el Juzgado de lo Mercantil granadino, pero continúa con retrasos de dos años

25FEB2016

La salida de la crisis económica se empieza a notar en el Juzgado de lo Mercantil de Granada. No porque su carga de trabajo haya menguado, sino porque ha variado el tipo de causas que acoge; los procesos concursales que se inician son menos; el tipo de empresa afectada es variada y pierden la primacía las constructoras y promotoras, y en su lugar las demandas de impugnación de cláusulas suelo en las hipotecas han tomado el relevo, aunque ahora estas causas se dirimen en los juzgados de Primera Instancia. Aun así, el Juzgado de lo Mercantil granadino no da abasto, los retrasos acumulados son de dos años, y el sistema de comunicación telemática con la Administración de Justicia, LexNet, no agiliza todavía las tareas. Un panorama complicado en el que se desenvuelven los magistrados del Juzgado de lo Mercantil de Granada, Mª José Fernández y Rafael Leonés, dos de los ponentes que se han dado cita en la Jornada “Temas de actualidad: Compliance, LexNet y el Proceso Concursal”, que ha organizado la Fundación Escuela Concursal y Mercantil de Granada, en la que han participado más de un centenar de profesionales.

Buena parte de la culpa del atasco que sufre el Juzgado de lo Mercantil está en que los procesos concursales que han entrado hasta 2013, sobre todo de promotoras y constructoras, “son procedimientos que tardan mucho en agotarse, porque suelen ser de gran envergadura y conllevan una gran dificultad en la tramitación, por el tipo de activos que tienen”, apunta Fernández.

En la actualidad, la entrada de concursos en el Juzgado se ha reducido de forma ostensible y las empresas que acuden a él no están ligadas a la construcción. Pero la plataforma LexNet y el programa Papel Cero también pueden estar introduciendo algunas distorsiones en esas percepciones. Así, Rafael Leonés matiza que, “se está produciendo un gran atasco en el Decanato por la presentación de escritos por vía telemática, y a los juzgados nos llegan asuntos de entrada con cuentagotas, pero no podemos saber si es porque no entran o porque los que entran no nos llegan”. Y Mª José Fernández añade que “en marzo entramos de lleno en la plataforma LexNet pero ya estamos viendo algunas disfunciones y nos llegan algunos escritos en papel, porque parece que el sistema no asume bien toda la cantidad de información y de datos que conlleva una demanda inicial con la documentación completa”. De modo que hasta que el Decanato no se ponga al día y reparta las causas con normalidad, no se podrá saber si LexNet contribuye a agilizar las tareas en los juzgados.

No han sido estos los únicos asuntos abordados en las jornadas de la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, sino que también han incluido una mesa redonda sobre Compliance en la que han participado el titulado mercantil Manuel Peña, el economista Manuel Rejón y la abogada Laura Rodríguez. Sobre “LexNet en la administración concursal”, junto a los dos jueces han intervenido Constanza Lendínez y Alicia Raya, letradas del Juzgado de lo Mercantil de Granada. Y para abordar “El camino procesal del concurso de acreedores”, las ponentes han sido Mª Ángeles Santos, del cuerpo de Gestión del Juzgado de lo Mercantil y la procuradora Inmaculada Rodríguez.

Jornada Gratuita «Temas de Actualidad: Compliance, LexNET, y el Proceso Concursal»

 

FECHA: Jueves, 25 de febrero de 2016.

HORARIO:  De 16:30h a 20:30h.
LUGAR DE CELEBRACIÓNIlustre Colegio de Abogados de Granada. (Plaza de Santa Ana, 5).

PROGRAMA:

► «Mesa Redonda sobre Compliance».

~ Don Antonio Estella Pérez. Abogado.
~ Don Manuel Peña Zafra. Titulado Mercantil.
~ Don Manuel Rejón López. Economista.

► «LexNET en la Administración Concursal».

~ Ilma. Sra. Doña Mª José Fernández Alcalá. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
~ Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
­­~ Doña Constanza Lendínez Barranco. Letrada de la Administración de Justicia, Juzgado de lo Mercantil de Granada.
~ Doña Alicia Pilar Raya García. Letrada de la Administración de Justicia, Juzgado de lo Mercantil de Granada.

► «El Camino Procesal del Concurso de Acreedores».

~ Doña Mª Ángeles Santos García. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
~ Doña Mª Inmaculada Rodríguez Simón. Procuradora de los Tribunales.

Homologada por:

LogoREFOR

 

 

 

 

 

Se certificarán 4 horas de formación.

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Puede formalizar su asistencia en el siguiente enlace:  INSCRIPCIÓN 25 FEB

       
               
               

Jornada de Estudio «El Concurso de Acreedores y la Administración Concursal: Perspectiva Jurídica y Económica»

FECHA: Miércoles, 2 de diciembre de 2015.

HORA: De 10:00h a 14:00h y de 16:30h a 20:30h.

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hotel Carmen. Acera del Darro, 62. Granada.

PROGRAMA:

10:00 h – Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez de la Audiencia Provincial de Almería.
«Liquidación y Conclusión del Concurso. Venta unidad productiva. Transmisión de elementos del inmovilizado afectos a un crédito con privilegio especial».

11:30 h – Descanso

12:00 h – Sr. Don Fernando Bertrán Girón. Abogado del Estado y jefe adjunto de la Abogacía del Estado en Granada.
«El Administrador Concursal y su relación con la AEAT. Responsabilidades»

13:00 h – Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado Juez de la Audiencia Provincial de Granada.
«Análisis de la última doctrina sobre la pieza de calificación. Breve referencia a la responsabilidad del Administrador Concursal»

 

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16:30 h – Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
«El concurso de las personas físicas: problemas de competencia y especialidades»

18:00 h – Descanso

18:30 h – Ilma. Sra. Doña Mª José Fernández Alcalá. Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
«Exoneración del pasivo insatisfecho»

 

Se certificarán 8 horas de formación.
Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Puede formalizar su inscripción en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN ONLINE

 

La escasa cultura del concurso y los privilegios de los organismos públicos limitan la supervivencia de las empresas concursadas

IV FORO-SES 1

Ni las 28 modificaciones que ha sufrido la Ley Concursal desde su nacimiento, ni la gran reforma de 2011, han conseguido que más del 95% de las empresas que entran en concurso acaben desapareciendo. Un solo dato puede ser clarificador: en el caso de Andalucía, de los 840 concursos –de ellos 79 en Granada- que hubo en 2014, en ninguno de ellos existía una propuesta anticipada de convenio, según los datos del INE.

De ahí la limitada presencia de convenios, que posibiliten la vida de la empresa, frente a la prevalencia de la liquidación. Una resolución que, según explica la administradora concursal Ana Mª Mansilla, se debe a dos motivos principales, “la escasa cultura del concurso entre los empresarios y los privilegios que siguen manteniendo las instituciones públicas, como la Agencia Tributaria o la Seguridad Social”. Y es que, según esta experta, las empresas recurren a esa vía cuando su supervivencia está muy comprometida, “cuando la cirugía ya no es posible”, según sus palabras; y los organismos públicos no favorecen la subrogación o la venta de unidades productivas, que posibiliten la pervivencia. A esas dificultades se suman las diferentes interpretaciones de determinados artículos de la Ley, con resoluciones incluso contrapuestas, incluso las trabas que añaden los plazos, junto a un procedimiento abreviado que “es un verdadero laberinto”.

Mansilla, que es miembro del Consejo Directivo del REFOR (Registro de Expertos en Economía Forense) del Consejo de Economistas, sostiene que otras normativas como la Ley de Segunda Oportunidad, incluso la de Mediación, tampoco están dado los frutos esperados, no obstante “son avances importantes”, que pueden aliviar el panorama.

A pesar de esas barreras los profesionales del concurso continúan trabajando para estar al día de la legislación y la jurisprudencia que afecta a esos procedimientos, y para ofrecer nuevas opciones a las concursadas y sus acreedores. Esas son las inquietudes de los casi 60 administradores concursales, procedentes de toda Andalucía, que se han dado cita en el IV Foro Concursal-Societario que organizan la consultora Aranzadi y la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

En esta cuarta edición del Foro se sigue el esquema que se ha mantenido en las ocasiones precedentes, con la permanente puesta al día “sobre los cambios legislativos que atañen a los procesos concursales y la jurisprudencia que les afecta”, explica Enrique Pinazo, director académico del Foro. Lo que sí ha variado, sobre todo en la segunda parte de este encuentro profesional, es el plantel de expertos que participan en el curso, con la incorporación de nuevos ponentes “que ofrecen diferentes puntos de vista”, arguye el magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.

El IV Foro Aranzadi – Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, que ha dado comienzo en noviembre, se extiende hasta el próximo 24 de mayo, con sesiones mensuales, para facilitar el seguimiento de los administradores concursales que se dan cita en él.

IV Foro Concursal-Societario 2015/2016

Fundación_Aranzadi
Como en ediciones anteriores, el IV Foro Concursal-Societario Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada es un encuentro periódico entre los profesionales de las situaciones concursales, basado en la práctica y el debate, destinado a la actualización continua de los conocimientos necesarios en el ámbito del derecho concursal, con engarces del derecho mercantil, del derecho social y otros derechos, además de la economía y la contabilidad.

Sea el primero en conocer, de la mano de prestigiosos ponentes de diferentes perfiles, las últimas novedades normativas, su aplicación práctica y las diferentes interpretaciones que de ellas han hecho los Tribunales.

Resuelva sus dudas y opine sobre los temas planteados gracias al formato altamente participativo de las sesiones. Esto le permitirá formarse y estar al día en su trabajo.

Contacte con otros asistentes al Foro, profesionales del Derecho Concursal, y con los ponentes, lo que, sin duda, contribuirá a ampliar su red de relaciones profesionales.

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