III Congreso Andaluz de Derecho Industrial

 

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Nos complace presentarles el III Congreso Andaluz de Derecho Industrial (CADI), organizado por la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, en colaboración con los Ilustres Colegios Oficiales de Abogados, Titulares Mercantiles y Economistas de Granada; y que se celebrará en Granada, los días 22 y 23 octubre de 2015.

El III CADI prosigue con su iniciativa de insertar a Andalucía entre las Comunidades con un Derecho Industrial digno de atención nacional, y a Granada, entre las ciudades españolas habituadas a un debate de altura en lo que hace a este Derecho. La extensión superficial de Andalucía, el número de patentes solicitadas desde esta tierra y su potencialidad en biotecnología – especialmente presente en Granada -, la política andaluza en materia de medicamentos genéricos, la envergadura de muchas de nuestras empresas y su posición en mercados muy relevantes, reflejada en la potencia de las marcas y los diseños andaluces, la pujante investigación universitaria en materia de propiedad industrial y gestión de la innovación empresarial en Andalucía, merecen una atención específica que, de un lado, genere debate y formación internamente, y de otro, proyecte la Comunidad hacia fuera.

Las ediciones anteriores ya han servido para cuajar un grupo de profesionales andaluces bien cohesionado, permanentemente en contacto y con proyección nacional, que permiten augurar un futuro de mayor presencia del profesional andaluz en este tipo de litigios y asesoramientos. Concretamente para los profesionales de Granada, Ciudad sede del TSJA y, con ello, competencia territorial obligada para cualquier proceso civil relativo a estas cuestiones que surja en Andalucía, el CADI está resultando especialmente atractivo.

En esta tercera edición se contará, como siempre, con profesionales del mayor nivel nacional y ponencias de máxima actualidad – como podrán comprobar en el avance del programa adjunto -, que harán un repaso a los problemas más relevantes del panorama del actual Derecho Industrial en nuestro país (la patente unitaria, la marca del medicamento innovador ante el genérico, la propiedad industrial en el concurso de acreedores, la marca tridimensional…), los temas de más interés para los expertos económicos (valoración de intangibles, valoración del perjuicio derivado de la vulgarización…) y casos reales muy conocidos y de actualidad judicial, contados por sus protagonistas. Además, contará con una exposición de comunicaciones sobre las últimas novedades en la materia.

Dado que consideramos este III CADI el lugar idóneo para adquirir conocimientos y habilidades, desarrollar estrategias, compartir ideas y crear productivos nexos, les invitamos a participar en el mismo.

Pueden consultar un avance del programa en el siguiente enlace: AVANCE PROGRAMA III CADI

Próximamente ofreceremos más detalles.

La reforma del Código Penal posibilita que delitos que antes quedaban restringidos al ámbito de los funcionarios puedan aplicarse a los administradores concursales

REFORMA CÓDIGO PENAL-CGE-ABRIL 2015

La reforma del Código Penal que entra en vigor el próximo mes de julio es una reforma “severa” en palabras de Manuel Estrella, presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz, y es que amplía el catálogo de conductas punitivas, especialmente en el ámbito económico. Para desgranar las novedades que incorpora el nuevo texto, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil ha organizado una jornada bajo el título “Reforma del Código Penal: La responsabilidad penal de las personas jurídicas y el impacto en el concurso de acreedores”, que ha contado con la asistencia de más de un centenar de profesionales granadinos.

Estrella ha recordado que la nueva normativa “criminaliza bastantes conductas que antes eran calificadas como culpabilidad en la pieza de calificación del concurso, pero no tenían repercusiones penales”, derivaciones que sí aparecen en el nuevo texto. Entre ellas destacan figuras que anteriormente sólo se aplicaban al ámbito de los funcionarios, tales como cohecho, prevaricación y malversación, que se podrán imputar a los administradores concursales -con respecto al concurso que estén tramitando-. Con lo que entiende que “se eleva el nivel de exigencia ética”.

El magistrado especialista en Derecho Mercantil, Enrique Sanjuán, explica que en el sistema de responsabilidad del administrador concursal en sede concursal se añade “la imprudencia en la adopción de decisiones” a las conductas que antes se sancionaban, tales como la deslealtad y la negligencia. De ahí que aconseje atender al protocolo de vigilancia y control que se recoge en el propio Código Penal.

Además, Manuel Estrella se ha referido a las insolvencias punibles ya que la tradicional respuesta del deudor con sus bienes presentes y futuros ante sus deudores, se anticipa en el nuevo texto y se refiere a los bienes de forma previa inmediata a la declaración del concurso. Igualmente la reforma del Código Penal regula el favorecimiento ilícito de acreedores, es decir que no se respete el orden de prelación de los deudores –no sólo durante el concurso-, conducta que puede conllevar penas de privación de libertad.

Sanjuán, por último, insiste en que ni el concurso suspende la investigación penal ni al revés. En cualquier caso, el Derecho Penal está reservado para los supuestos más graves y las conductas más trascendentes y a partir de julio el Código Penal recogerá expresamente conductas punitivas que anteriormente no estaban tipificadas como tales.

Patentes y marcas dan la medida del dinamismo del tejido productivo

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En el periodo 2005-2013 las universidades públicas españolas solicitaron 1.697 patentes PCT, de las cuales el 30,2% correspondía a las andaluzas; y en patentes nacionales el porcentaje alcanza el 21,83%. La Universidad de Granada ocupa, en ambos casos, el segundo puesto entre las universidades públicas andaluzas y el sexto nacional. Las ratios de solicitudes por parte de las empresas quedan por debajo de esos números, pero se advierte mayor dinamismo en esa parcela, junto a  las solicitudes de registros de marcas, diseños y modelos de utilidad, en especial por parte de las  compañías de base tecnológica, como es el caso de las asentadas en el PTS. Esa realidad justifica la celebración en nuestra ciudad de un congreso que se adentre en el análisis de lo que patentes y marcas significan para la economía de una provincia, región o país, sus implicaciones y regulación, entre otras cuestiones, ya que dan la medida de la capacidad de innovación y generación de riqueza del tejido productivo. Y en esa línea se enmarca el III Congreso Andaluz de Derecho Industrial (CADI) que organiza la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, los próximos días 22 y 23 de octubre.

Blas Alberto González, abogado y exmagistrado, es el director académico del CADI. En su opinión, “Andalucía tiene un potencial enorme en I+D+i que se concreta en nuestra provincia en el PTS; un vivero de empresas biotecnológicas que puede servir de ejemplo nacional, si el talento que atesora se acompaña de inversión”. Su eclosión precisa, además, de la cooperación de otros profesionales y lo que el Congreso pretende es disponerlos, desde el punto de vista jurídico, para cuando su conocimiento sea necesario.

González explica que, “el tercer CADI pretende dar un paso adelante para hacerlo más participativo y abierto que los anteriores, en especial para los empresarios y profesionales andaluces”. De ahí que el encuentro no se circunscriba a una materia concreta, si bien “los problemas actuales de la propiedad intelectual ligados al derecho farmacéutico y la biotecnología estarán muy presentes como consecuencia de su fuerte implantación en Granada”. Igualmente, se profundizará, de la mano de expertos de reconocido prestigio, en temas como las valoraciones de las marcas, qué ocurre cuando una marca renombrada se vulgariza, qué repercusiones económicas tiene la propiedad intelectual para el activo de las empresas, y también se trataran algunos casos judiciales de actualidad contados por sus protagonistas, como es el caso de Schweppes.

La primera parte del congreso se centrará en las patentes y las reformas que se avecinan. De hecho este es un periodo de transición ya que, en el caso español, el Proyecto de Ley de Patentes está en proceso de tramitación parlamentaria y, previsiblemente, entrará en vigor a final de año; mientras que en el caso de Europa la patente unitaria ya es una realidad, pero se está concretando. En cuanto a las marcas, “estamos ante un activo para las empresas de enorme valor, que hay que saber gestionar” sostiene el director académico del CADI.

Jornada Gratuita «Reforma del Código Penal: la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el impacto en el concurso de acreedores»

Tras la reciente reforma penal establecida por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, se producirán varias novedades que afectan directamente a los administradores concursales. Es por ello que, desde la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, organizamos esta Jornada, a fin de aclarar los aspectos más destacados.
FECHA: Martes, 14 de abril de 2015.
HORARIO:  De 16:30h a 19:00h.
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Confederación Granadina de Empresarios. (C/ Maestro Montero, 23).

PROGRAMA:

  • «Referencia a los nuevos supuestos de insolvencia punible y supuestos referidos a la administración concursal. (Cohecho, Malversación)». Ilmo. Sr.Don Manuel Estrella RuízPresidente de la Audiencia Provincial de Cádiz.
  •  «Implicaciones en la Gestión Concursal derivada de la reforma penal»Ilmo Sr. Don Enrique Sanjuán y MuñozMagistrado especialista en derecho mercantil, Audiencia Provincial de Almería.

Se certificarán 2 horas de formación.

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Puede realizar su inscripción en el siguiente enlace:   INSCRIPCIÓN REFORMA PENAL.

 

 

 

Presentación de la Novela «Cuando todo sea antes» de D. Blas Alberto González Navarro

CuandoTodoSea Antes

Ante las consultas realizadas a la Fundación sobre la presentación de la Novela «Cuando todo sea antes» de Don Blas Alberto González Navarro, le informamos de que la obra será presentada el próximo jueves9 de abril, a las 20:00h en el Auditorio de Caja Rural de Granada (Avda. Don Bosco, 2).

El autor estará muy bien acompañado en este evento por la representante editorial Doña Pilar Sánchez, el Magistrado Don José María Fernández Seijo y el escritor Don Jorge Bucay.

Si está interesado en acudir, es conveniente que lo confirme en el siguiente enlace con el fin de que tengan prevista la capacidad del Auditorio:

ASISTENCIA PRESENTACIÓN NOVELA

 

 

 

Expertos estiman que la nueva normativa no evitará los concursos

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Hace apenas un mes de la publicación de Real Decreto Ley que aparece con un nombre explícito de “Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social”. El objetivo que persigue la normativa es ofrecer, a las personas físicas o naturales de buena fe, que han sufrido un fracaso económico o empresarial, diferentes mecanismos para que puedan iniciar una actividad productiva sin tener que arrastrar de forma indefinida una deuda que nunca podrán satisfacer. Se trata de un reto loable, pero difícil de alcanzar, según han puesto de manifiesto los expertos que han intervenido en las “Jornadas formativas sobre Segunda Oportunidad” que ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

En este sentido, Ana Belén Campuzano, catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad San Pablo CEU, sostiene que la normativa “es un primer paso en la buena dirección, pero se debería haber planteado un esfuerzo adicional para que sea más efectiva”. También considera que se deberían haber relajado los requisitos que se exigen, aunque sin que esto potencie el fraude.

Por otra parte, entiende que “no va a evitar que la empresa llegue al concurso de acreedores”, una apreciación en la que coincide con el magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Granada, Enrique Sanjuán, para quien “aunque es una medida que suena a preconcursal, el efecto perseguido se puede obtener si se va al concurso”. En su opinión, lo que aporta el Real Decreto de nuevo es la remisión de deudas, la posibilidad de que el deudor pueda liberarse de aquello que no puede pagar. Una solución que afectará a las personas físicas y autónomos.

La normativa incluye otras medidas que persiguen, igualmente, reactivar la economía nacional. Se centran en tres bloques, el fomento de la contratación indefinida, del empleo autónomo y de la protección social agraria, en los cuales se ha detenido Ana Orellana, presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en la sede de Sevilla, durante su intervención en las Jornadas de la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil.

En el ámbito de la protección social agraria se reduce el volumen de peonadas reales cotizados, de 35 a 20, que dan derecho al jornalero a percibir el subsidio. En cuanto a la modificación del empleo autónomo, Orellana explica que “el trabajador autónomo está ahora desprotegido y lo que busca la normativa es acercarlo a las coberturas del trabajador por cuenta ajena”. Mientras que el fomento de la contratación indefinida se basa en la bonificación de cuotas a la Seguridad Social bajo ciertos requisitos.

Igualmente el exmagistrado, Blas Alberto González, alude a que la nueva legislación amplía el colectivo protegido por el Código de Buenas Prácticas a quienes se les excluye de las cláusulas suelo de las hipotecas; igualmente amplía la protección a deudores hipotecarios, entre otras disposiciones.

En las Jornadas también se han abordado las medidas tributarias que incorpora el Real Decreto, espacio del que se ha ocupado el inspector de la AEAT, Javier Argente; mientras que en analizar las implicaciones de la normativa en el caso de las personas físicas que no son empresarios se ha detenido el magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, Fernando Caballero.

Jornadas Formativas sobre ««Segunda Oportunidad» tras el RDL 1/2015″

Tras ser aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social y dadas las relevantes novedades que en él se recogen, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada promueve estas Jornadas Formativas con el objetivo de desgranar el contenido de las mismas.

Entre lo más destacado encontramos medidas que persiguen facilitar el desendeudamiento de la economía española, al tiempo que se amplía la protección a aquellos colectivos más vulnerables por la crisis. Se establece así una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas que incluye, por primera vez, a las personas físicas. Además, se amplía el colectivo protegido por el Código de Buenas Prácticas a quienes se les excluye de las cláusulas suelo de las hipotecas y se prorroga dos años más la suspensión de los desahucios que vencía el próximo mes de mayo.

El objetivo de la segunda oportunidad es conciliar intereses de acreedores y deudores mediante unos procedimientos con garantías que permitirán afrontar el pago de las deudas de forma ordenada, a la vez que se amplían las medidas actuales para incluir a los particulares y para dar mayores facilidades a las empresas de más reducida dimensión. Se desarrolla así un marco permanente de insolvencia personal, en línea con las recomendaciones de los principales organismos internacionales y la Unión Europea.

FECHAS: Lunes 23 de marzo y miércoles 25 de marzo de 2015.

HORARIO: De 16:00h a 20:30h.

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Plaza de Santa Ana, 5. Granada.

PROGRAMA

Lunes 23

  • Nueva regulación de los Acuerdos Extrajudiciales de pago. Sra. Doña Ana Belén Campuzano Laguillo.Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad San Pablo CEU.
  • Medidas de fomento de empleo en el RDL 1/2015. Ilma. Sra. Doña Ana Orellana Cano. Presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Sevilla).
  • Personas físicas empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

Miércoles 25

  • Medidas tributarias en el RDL 1/2015. Sr. Don Javier Argente Álvarez. Inspector de Hacienda del Estado.
  • Personas físicas no empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Fernando Caballero García. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.
  • Protección de deudores hipotecarios, rentas de exclusión y código de buenas prácticas. Sr. Don Blas Alberto González Navarro. Abogado.

Tras el Convenio de colaboración firmado con la Editorial Jurídica SEPÍN, S.L., todos los inscritos en esta actividad formativa tendrán acceso gratuito durante 12 meses a la Base de Datos de legislación, jurisprudencia, doctrinas, formularios y diferentes utilidades en materia Mercantil, Procesal y de Mediación, que ofrece esta Editorial.

Asimismo, se hará entrega de un ejemplar del texto consolidado de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, incluidas la últimas modificaciones, del cual pueden consultar el prólogo, redactado por Don Enrique Sanjuán y Muñoz, en el siguiente enlace: PROLOGO.

 

 

Se certificarán 8 horas de formación.

Pueden inscribirse en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN SEGUNDA OPORTUNIDAD

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

 

 

 

Edición Especial de la Ley de Sociedades de Capital

 

LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL. 3.ª edición VER SUMARIO
Marca: Civitas. 350 páginas.
CM: 10004446. ISBN: 978-84-470-5086-4.
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LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL ACTUALIZADA Y CON UN PRÁCTICO CUADRO COMPARATIVO
La Ley de Sociedades de Capital se presenta actualizada con las modificaciones introducidas por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo. En el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital se reúne el contenido de las dos leyes especiales del régimen jurídico de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada, con la importante adición de aquella parte de la Ley del Mercado de Valores que regula los aspectos más puramente societarios de las sociedades anónimas con valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial, además de los artículos que el Código de Comercio dedica a la sociedad comanditaria por acciones.
Se incorpora a la presente edición un práctico cuadro comparativo del articulado de la Ley de Sociedades de Capital que se ha visto afectado por la reciente Ley 31/2014, de 3 de diciembre, con la redacción anterior y posterior a dicha norma y con los cambios resaltados para facilitar así una rápida consulta sobre los aspectos modificados.
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Plazo ampliado para solicitar la Edición Especial de la Guía Práctica del Proceso Concursal 2015

Funda y SEPIN


 

Debido el éxito obtenido por esta interesante obra, se amplía el plazo para conseguir un ejemplar de la misma. Podrá solicitarla hasta el viernes 23 de enero.

 

GUÍA PRÁCTICA DEL PROCESO CONCURSAL 2015

Adaptada a las últimas reformas: Leyes 14/2013 y 17/2014 y Reales Decretos-Leyes 4/2014 y 11/2014

 

Coordinador: Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado especialista en Derecho Mercantil

 
Esta guía pretende ser un complemento básico para entender el proceso de insolvencia en España. Está orientada tanto a profesionales como a profanos en la materia, pues parte de lo más básico para llegar a desarrollar todos aquellos aspectos que hasta ahora se han venido materializando en los procesos concursales.

Desde preguntas básicas y desarrollos sistemáticos se ha buscado una comprensión absoluta del procedimiento concursal, sus efectos y las principales tendencias doctrinales y jurisprudenciales. Por ello, el lector podrá encontrar una respuesta fácil a cualquier pregunta tanto por la calidad de quienes intervienen en la misma – profesionales siempre implicados en los procesos de insolvencia – como por su forma de presentación.

No es un manual al uso de los muchos que existen en el mercado, sino una necesaria visión global imprescindible para una localización sencilla y completa en cualquier momento del proceso, de sus efectos, de los posibles resultados y consecuencias y de las alternativas al mismo. Esta guía incorpora, además, las últimas e importantes reformas en la materia derivadas de las Leyes 14/2013  y de los Reales Decretos-Leyes 4/2014 (y su tramitación parlamentaria) y 11/2014.

 GUÍA SEPÍN
Pueden consultar el contenido de la misma en: CONTENIDO GUÍA PRÁCTICA CONCURSAL

Para solicitar su ejemplar, por favor, rellene el siguiente FORMULARIO

 

Fecha límite para realizar los pedidos: 23 de enero de 2015

 

Feliz Navidad y Exitoso 2015

FELIZ NAVIDAD