Jornadas Formativas sobre ««Segunda Oportunidad» tras el RDL 1/2015″

Tras ser aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social y dadas las relevantes novedades que en él se recogen, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada promueve estas Jornadas Formativas con el objetivo de desgranar el contenido de las mismas.

Entre lo más destacado encontramos medidas que persiguen facilitar el desendeudamiento de la economía española, al tiempo que se amplía la protección a aquellos colectivos más vulnerables por la crisis. Se establece así una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas que incluye, por primera vez, a las personas físicas. Además, se amplía el colectivo protegido por el Código de Buenas Prácticas a quienes se les excluye de las cláusulas suelo de las hipotecas y se prorroga dos años más la suspensión de los desahucios que vencía el próximo mes de mayo.

El objetivo de la segunda oportunidad es conciliar intereses de acreedores y deudores mediante unos procedimientos con garantías que permitirán afrontar el pago de las deudas de forma ordenada, a la vez que se amplían las medidas actuales para incluir a los particulares y para dar mayores facilidades a las empresas de más reducida dimensión. Se desarrolla así un marco permanente de insolvencia personal, en línea con las recomendaciones de los principales organismos internacionales y la Unión Europea.

FECHAS: Lunes 23 de marzo y miércoles 25 de marzo de 2015.

HORARIO: De 16:00h a 20:30h.

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Plaza de Santa Ana, 5. Granada.

PROGRAMA

Lunes 23

  • Nueva regulación de los Acuerdos Extrajudiciales de pago. Sra. Doña Ana Belén Campuzano Laguillo.Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad San Pablo CEU.
  • Medidas de fomento de empleo en el RDL 1/2015. Ilma. Sra. Doña Ana Orellana Cano. Presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Sevilla).
  • Personas físicas empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

Miércoles 25

  • Medidas tributarias en el RDL 1/2015. Sr. Don Javier Argente Álvarez. Inspector de Hacienda del Estado.
  • Personas físicas no empresarios y segunda oportunidad. Ilmo. Sr. Don Fernando Caballero García. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.
  • Protección de deudores hipotecarios, rentas de exclusión y código de buenas prácticas. Sr. Don Blas Alberto González Navarro. Abogado.

Tras el Convenio de colaboración firmado con la Editorial Jurídica SEPÍN, S.L., todos los inscritos en esta actividad formativa tendrán acceso gratuito durante 12 meses a la Base de Datos de legislación, jurisprudencia, doctrinas, formularios y diferentes utilidades en materia Mercantil, Procesal y de Mediación, que ofrece esta Editorial.

Asimismo, se hará entrega de un ejemplar del texto consolidado de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, incluidas la últimas modificaciones, del cual pueden consultar el prólogo, redactado por Don Enrique Sanjuán y Muñoz, en el siguiente enlace: PROLOGO.

 

 

Se certificarán 8 horas de formación.

Pueden inscribirse en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN SEGUNDA OPORTUNIDAD

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

 

 

 

Jornada Gratuita sobre «Aspectos Conflictivos de las Últimas Reformas Concursales»

 

El próximo martes, 2 de diciembre, tendrá lugar una Jornada gratuita sobre «Aspectos Conflictivos de las Últimas Reformas Concursales». Esta actividad, organizada por la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, y que cuenta con la colaboración de la empresa «Activos Concursales», comenzará a las 16:30h en el Hotel Carmen, y finalizará con una copa de cortesía.

FECHA: Martes 2 de diciembre. De 16:30h a 20:30h.
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hotel Carmen. Granada.

PONENTES:
Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.
Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.
Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

PROGRAMA:

  • «Los convenios de arrastre tras la última reforma del RD 11/2014. Los convenios singulares y especiales. Referencia a la Instrucción 3/2014 de la AEAT». Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz.
  •  «La liquidación concursal. Liquidación en procesos concursales ordinarios y abreviados: especialidades. Nuevos elementos de liquidación tras las reformas». Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde.
  •  «Apertura de la sección sexta del proceso concursal. Art. 165.4 y personas afectadas por la calificación. Convenio y sentencia de calificación». Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. 

 

Se certificarán 3 horas de formación.

— PLAZAS AGOTADAS —

COLABORA:
ActivosConcursales

 

 

 

 

 

III Foro Concursal-Societario Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada

Logos

El III Foro Concursal-Societario Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada pretende ser un lugar de encuentro entre los profesionales de las situaciones concursales, basado en la práctica y el debate, destinado a la actualización continua de los conocimientos necesarios en el ámbito del Derecho Concursal, con engarces del Derecho Mercantil, del Derecho Social y otros Derechos, además de la Economía y la Contabilidad. En esta nueva edición se hará especial hincapié en la incidencia de estas materias que confluyen en el Derecho Societario-Reestructuración empresarial.

Dirigido a Profesionales interesados en el concurso mercantil y sus aledaños: abogados, titulares mercantiles, economistas, graduados, auditores, profesionales liberales o de empresa, directores y administradores concursales, además de personal de administraciones, empresas, sindicatos y otras entidades colaboradoras y responsables.

La dirección académica correrá a cargo del Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Granada, especialista del CGPJ en Asuntos Mercantiles; y el cuadro de profesores permanentes engloba a Don Joaquín Almoguera Valencia, Abogado. Socio Responsable del Departamento Procesal de Garrigues de Málaga y Granada; al Ilmo. Sr. Don Fernando Oliet Palá, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Granada); y al Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada.

La inscripción en este Foro incluirá asimismo un ejemplar de Legislación Concursal actualizada, en formato papel y electrónico, y el acceso con clave personalizada a las Bases de Datos Experto Concursal y Experto en Sociedades Mercantiles, vigente durante la duración del Foro.

El foro se desarrollará a lo largo de siete meses, con una sesión al mes en horario de 16:30h a 20:30h; comenzando el próximo día 4 de noviembre.

Se homologarán horas de Formación para los Auditores de Cuentas en las siguientes sesiones:
– Martes, 3 de febrero de 2015: 1 hora en Contabilidad y Auditoría.
– Martes, 24 de marzo de 2015: 1 hora en Contabilidad y Auditoría.

Homologado por:

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Las plazas son limitadas y la admisión por riguroso orden de inscripción.

Pueden ampliar información en el siguiente enlace: Programa III Foro Concursal-Societario.Granada 2014-2015.

Pueden realizar su inscripción desde aquí pinchando en INSCRIPCIÓN ONLINE.

 

Curso de Especialización Concursal «Análisis del nuevo Sistema Concursal tras su reforma»

El reciente Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal, aborda la extensión de las premisas establecidas para el convenio concursal por el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial; además de establecer una serie de medidas para flexibilizar la transmisión del negocio del concursado o de alguna de sus ramas de actividad. Para dar conocer en profundidad todas las modificaciones que han tenido lugar, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada organiza este Curso de Especialización Concursal.

FECHAS: Martes 30 de septiembre (de 16:00h a 20:30h) y miércoles 1 de octubre de 2014 (de 17:00h a 21:00h).

NUEVO PROGRAMA:

DÍA 30 DE SEPTIEMBRE:
16:00 h: Recepción de asistentes y entrega de documentación.
16:30 h – 18:15 h: Mesa Redonda «La Construcción del Convenio tras la reforma del RDL11/2014».

  • Ilmo. Sr. Don Antonio Fuentes Bujalance. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Málaga. «Clases de créditos».
  • Ilmo. Sr. Don Eduardo Gómez López. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Sevilla. «Propuesta de Convenio».
  • Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada. «Aprobación e incumplimiento del Convenio y supuestos especiales».

 18:15 h – 18:45 h: Coffee Break.

18:45 h – 19:30 h: Conferencia «Aplicación transitoria de la reforma concursal»

  • Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.

19:30 h – 20:30 h: Conferencia «Aspectos financieros de la refinanciación previa concursal y del convenio concursal».

  • Ilmo. Sr. Don Lázaro Rodríguez Ariza. Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad – Universidad de Granada.

 

DÍA 1 DE OCTUBRE: 
17:00 h – 18:30 h: Mesa Redonda «El proceso de liquidación, transmisión de unidades productivas y calificación»

  • Ilmo. Sr. Don Luis Shaw Morcillo. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Jaén. «Nuevos supuestos de transmisión, cesión y dación en pago».
  • Ilmo. Sr. Don Leandro Blanco García-Lomas. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Almería. «El plan de liquidación tras la reforma. Aspectos modificados».

 18:30 h  – 18:45 h: Coffee Break.

18:45 h – 20:00 h: Mesa Redonda «La Reforma del sistema de Administración Concursal y la calificación 4/2014».

  • Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada. «El nuevo régimen del Administrador Concursal en la tramitación parlamentaria del RDL 4/2014».
  • Ilmo. Sr. Don Fernando Caballero García. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba. «La calificación tras la reforma RDL 11/2014 y la tramitación parlamentaria del RDL 4/2014».

20:00 h – 21:00 h: Conferencia: «Los procesos de refinanciación previos al concurso. Las reformas 4/2014 y 11/2014».

  • Sra. Doña Juana Pulgar Ezquerra. Catedrática de Derecho Mercantil – Universidad Complutense de Madrid.

 

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Curso homologado por el REFOR.

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Se certificarán 8 horas de formación.

Pueden formalizar su inscripción en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN ONLINE

 

 

Expertos apuntan que la reforma de la Ley Concursal contribuirá a que no todos los conflictos por insolvencias se resuelvan en los juzgados

Mesa Red 5 mayo

La Ley Concursal de 2003 pretendía dar opciones a las empresas para que los problemas por insolvencias no conllevaran, de forma necesaria, el fin de su actividad. No lo consiguió, y casi la totalidad de los procesos concursales acababan en liquidación. La reforma de 2011 no resolvió las dificultades que la Ley original planteaba, con el consiguiente colapso de los juzgados de lo Mercantil. Otra nueva reforma, la de marzo de 2014, va más encaminada a aliviar esta situación. Al menos así lo entienden los expertos que se han dado cita en la Mesa Redonda que, para abordar los preceptos de la reforma, ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

Así, Fernando Caballero y Enrique Sanjuán, magistrados de los juzgados de lo Mercantil de Córdoba y Granada, respectivamente, y Ana Belén Campuzano, catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad San Pablo, CEU, coinciden al calificar la reforma de “positiva, pero mejorable”. La cal la sitúan en que establece los mecanismos preconcursales o paraconcursales que deben favorecer que se resuelvan los conflictos por insolvencias de forma previa o paralela al concurso. Además, en el espíritu de la reforma está eliminar la posición de fuerza de algunos acreedores para alcanzar el acuerdo, ya que en la situación anterior los acreedores disidentes, una pequeña minoría, podían frustrar la posibilidad de acuerdo a través de operaciones de refinanciación.

La arena la fija Caballero en que “es reglamentista y entra en demasiados detalles, en lugar de abundar en ellos en su reglamento”. Para Sanjuán “será más útil para las grandes empresas y pymes de cierta entidad, que para microempresas, personas físicas, familias y profesionales, a los que no aporta soluciones”. Y Campuzano sostiene que “se debería afinar en la tramitación parlamentaria, porque está bien que se apoyen y se incentiven las reestructuraciones y refinanciaciones, pero no creo que haya que sancionar a quien no esté de acuerdo”.

En cuanto al alivio que puede suponer para los juzgados de lo Mercantil una reforma que da instrumentos que abren vías alternativas al proceso judicial en situaciones de insolvencia, los jueces que han participado en la Mesa Redonda aseguran que “los problemas no son tanto de orden técnico como de carácter logístico, organizativo de la planta judicial, dado que los juzgados están colapsados, tienen plantillas insuficientes, con los consiguientes retrasos que acarrea esta situación que impide dar respuesta inmediata a empresas en situación de insolvencia”. Aún así, consideran que la reforma puede producir una descarga en la entrada de concursos, “pero necesitará un tiempo para que se deje notar”. Igualmente, la Ley de Mediación puede ir en esta misma línea, si bien precisará un periodo de adaptación y un cambio de mentalidad para que “abandonemos la idea de que todos los conflictos se resuelven en los juzgados, cuando existen otros mecanismos más económicos, rápidos y ágiles”.

 

 

El 60% de los recursos empleados en la mediación están ligados a la comunicación

Paulino FajardoCuando surge un problema por impagos o  insolvencia en una empresa, lo habitual, es que se le reclame la deuda y, a continuación, se interponga una demanda. La solución de los juzgados, la mayoría de las veces, consiste en obligar al deudor a pagar; como no puede pagar, no se llega a cobrar.  La mediación viene a modificar estas operativas y a introducir una nueva vía en la resolución de conflictos, que posibilita que se alcancen soluciones que en la práctica son ejecutables, es decir, una alternativa a los juzgados.

En este sentido, Paulino Fajardo comenta que “la mediación no persigue que las partes en conflicto se lleven bien, sino que se entiendan para que puedan resolver problemas y, cuando la figura del mediador desaparezca, las partes sigan fraguando el acuerdo”. De ahí que considere que, “el 60% de los recursos empleados en la resolución de conflictos están ligados a la comunicación”, de tal forma que “la función del mediador no es que se llegue a un acuerdo, sino que las partes se comuniquen para que el acuerdo salga de ellas mismas y no la imponga un tercero”. A estos aspectos ha dedicado Fajardo Martos parte de la conferencia magistral, que con el título “La resolución de conflictos”, ha impartido en la clausura del I Curso Superior de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal) que ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

Además, este granadino, curtido en procesos como los desencadenados por los accidentes de Spanair o el Alvia de Santiago, sostiene que “en España y, especialmente, en Granada somos muy especiales, pero no tanto como para que no funcionen las cosas que están funcionando en otros sitios”. Y es que normas similares a la reciente Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, tienen una amplia trayectoria en países de nuestro entorno en los que los implicados se muestran muy favorables a estos procesos debido, sobre todo, a que ayudan  a mantener las relaciones comerciales de las empresas implicadas. Para este mediador acreditado, la desconfianza hacia los mediadores en nuestro país viene porque se percibe esta figura como apoyo a una parte, no al proceso. Sin embargo, él considera que este sistema es conveniente para las empresas y supone un valor añadido para ellas, ya que permite que continúen su actividad, la confidencialidad evita que se corran riesgos de reputación corporativa y no les quita el control del proceso.

En referencia al centenar de profesionales que han asistido al Curso de la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, atiende a la importancia de la formación en gestión de conflictos y métodos alternativos ya que, “nos permite conocer las diferentes teorías y escuelas que hay sobre estos temas, adquirir herramientas y competencias, conocer sus utilidades y cómo y cuándo emplearlas”. E insiste en que lo principal para el mediador es “diagnosticar las características del conflicto”, de lo contrario, se corre el riesgo de “poner un tratamiento sin conocer las causas de la dolencia”.

Conferencia Magistral «La Resolución de Conflictos»

 

Mañana miércoles, 30 de abril, a partir de las 12:00h, tendrá lugar en el Salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Granada (Sede de Plaza de Santa Ana, 5), la Conferencia Magistral «La Resolución de Conflictos» a cargo de Don Paulino Fajardo Martos, renombrado abogado especializado en defensa de asuntos civiles, penales y administrativos en diferentes campos, Mediador Acreditado (CEDR) y reconocido experto en la mediación internacional.

Esta actividad es gratuita , previa inscripción por medio del siguiente enlace: INSCRIPCIÓN ONLINE.

Las plazas son limitadas y la admisión, por riguroso orden de inscripción.

 

 

Mesa Redonda «La Reforma Concursal del RDL 4/2014: Análisis ordinal de los preceptos reformados»

El próximo día 5 de mayo (lunes), a las 17:00h en el Hotel Carmen (Granada), vamos a celebrar una Mesa Redonda sobre «La Reforma Concursal del RDL 4/2014: Análisis ordinal de los preceptos reformados«.

La Mesa Redonda estará compuesta por:

Doña Ana Belén Campuzano Laguillo. Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad San Pablo. CEU.

Don Fernando Caballero García. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba. Especialista en Asuntos Mercantiles.

Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Granada. Especialista en Asuntos Mercantiles.

Los asistentes podrán formular sus preguntas haciéndolas llegar a la Fundación a través del siguiente e-mail: secretaria@escueladerechoconcursal.org hasta 5 días antes a la celebración de la Mesa Redonda.

Se certificarán 3 horas de formación.

Podéis formalizar la inscripción a través del siguiente ENLACE: INSCRIPCIÓN ONLINE

La mediación se abre paso como alternativa extrajudicial a los procesos concursales

I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal)

Las solicitudes de profesionales, de toda Andalucía, para asistir al Curso de Medición casi han duplicado las 70 plazas que ofrecía la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada

Una de las consecuencias de las dificultades económicas por las que están atravesando las empresas y las familias ha sido desde el inicio de la crisis la solicitud continua de concursos, que no se relaja desde hace más de seis años. Tal escenario ha acarreado que el volumen de procesos que soportan los juzgados de lo Mercantil crezca de manera exponencial. Para aliviar esa situación hace su entrada la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, que ha sido desarrollada a finales del pasado año por un Real Decreto que perfila diferentes aspectos de la Ley. La idea que subyace es la de establecer mecanismos que contribuyan a que no todas las dificultades por insolvencias desemboquen en el Juzgado, de tal forma que se puedan alcanzar acuerdos entre las partes en conflicto al margen de la vía judicial.
Para Enrique Sanjuán, magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Granada, “la idea es muy buena porque se trata de establecer un sistema alternativo al judicial para que, a través de la ayuda de una persona especializada y formada, el mediador, se puedan alcanzar acuerdos entre las partes”, pero sostiene que “esa normativa no va a solucionar el estado de los juzgados de lo Mercantil”. Y es que, en su opinión, “el desarrollo legal de la Ley de Mediación tiene limitaciones que se deben pulir con una reforma”. En este sentido, explica que presenta contradicciones; si no se alcanza un acuerdo global la alternativa es el concurso, de tal forma que no hay una modulación que permita alcanzar acuerdos selectivos; igualmente, encuentra defectos en el diseño de la figura del mediador y del administrador concursal, entre otros. Aun así, entiende que “si tenemos la Ley y a unos profesionales especializados, lo único que queda es perfeccionarla y adaptarla a la realidad que nos encontramos en el día a día para que sea realmente útil.”
Pero la formación de los profesionales que se ocuparán de la Mediación no puede esperar a que lleguen las mejoras de la Ley. Así lo ha entendido la Fundación de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, que ha iniciado el “I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil”, de cuya dirección académica se ocupa el propio Sanjuán.
Y es que la Ley, y su posterior desarrollo reglamentario, exige a los profesionales que se ocupen de la mediación contar con una formación específica tanto práctica como teórica. Miguel Romero, presidente del Patronato de la Fundación, apunta que la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, ha organizado este curso para dar respuesta al colectivo de abogados, economistas y titulados mercantiles “que tienen como plazo hasta el próximo 27 de marzo, para acreditar la formación necesaria que les permita la inscripción en las listas de mediadores que dependen del Ministerio de Justicia”. Pero contar con esta formación de 100 horas no es condición suficiente para actuar como mediador, de hecho, Romero recuerda que “el requisito previo es el de ser administrador concursal, ya que en el supuesto de que la mediación no tenga un resultado positivo se desemboca en un proceso concursal, en el cuál el profesional que actuó como mediador pasa a ser administrador concursal”. El presidente de la Fundación se ha felicitado por el éxito de la convocatoria de este curso, en el que se han inscrito setenta expertos “y no hemos podido atender la demanda generada, sobre todo de otras provincias andaluzas, por la necesidad de no masificar un curso que tiene una importante componente práctica”.
Enrique Sanjuán, por su parte, ha destacado la cualificación y experiencia de los ponentes con los que se contará a lo largo que curso que concluye el próximo 22 de marzo, y en los que se trabajará en técnicas e instrumentos de mediación, en modelos de mediación aplicados al proceso civil, mercantil y de insolvencia, en sus aspectos sociológicos, psicológicos, etc. de tal forma que “esperamos que todos los profesionales que se dan cita en las diferentes sesiones, cuando las concluyan, crean en las posibilidades reales de la mediación.”

I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal)

La Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada organiza el I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal), orientado a la inscripción en el Registro de Mediadores Civiles y Mercantiles, y, en particular, en el Registro de Mediadores Concursales; y que cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, que desarrolla la Ley de Mediación.

FECHAS:
7 y 8 de febrero de 2014.
14 y 15 de febrero de 2014.
21 y 22 de febrero de 2014.
7 y 8 de marzo de 2014.
14 y 15 de marzo de 2014.
21 y 22 de marzo de 2014.

HORARIO PRESENCIAL: Viernes de 16:00 h a 21:30 h y sábados de 9:00 h a 14:30 h.
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hotel Carmen, Granada.

DIRECCIÓN ACADÉMICA: Don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

MATERIAS:  (VER PROGRAMA)
Aspectos generales de la Mediación.
Fundamentos Civiles y Mercantiles aplicados a la Mediación.
Elementos psicológicos y sociales del conflicto interpersonal: habilidades y competencias claves de coaching. Role Playing.
Mediación en Insolvencia.

En el caso de los mediadores concursales la inscripción en el Registro resulta obligatoria, siendo necesario el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado 1 del art. 233 de la Ley Concursal y, por tanto, que tengan la formación específica como mediador, así como acreditar el cumplimiento de alguna de las condiciones a las que se refieren los números 1º y 2º del apartado 1 del art. 27 Ley Concursal.

La dirección académica de este Curso Intensivo correrá a cargo de Don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada, que se rodeará de un grupo de ponentes del más alto nivel en las distintas materias que lleva aparejada la Mediación.

La duración total de curso será de 100 horas, siendo presenciales 65 horas, e impartiéndose 35 horas de formación online.

Tal como se recoge en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, cabe destacar que la formación en mediación realizada con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, es decir, hasta el 27 de marzo de 2014, será reconocida; así como que se inscribirán provisionalmente los mediadores concursales que estén en las listas de los Colegios siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 18 de la norma. La lista se abre el 1 de abril de 2014 y será publicada desde el 1 de junio de 2014.