Organización

La estructura organizativa de la Fundación Escuela de Derecho Concursal de Granada está compuesta por:

  1. Patronato (composición), con su Consejo Asesor (composición).
  2. Comité de Dirección (composición).

Al margen la Fundación contará con una Gerencia y con una Secretaría Técnica (composición).

EL PATRONATO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de los Estatutos, «el Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación, al que corresponde cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integren el patrimonio de la Fundación, manteniendo plenamente el rendimiento y utilidad de los mismos.»

En relación con la Presidencia se señala que: «El Presidente del Patronato, que también los será de la Fundación, podrá ser el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Granada o el Presidente del Ilustre Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Granada, siendo Vicepresidente el que de los dos, no ostente la condición de Presidente, designando el Patronato, un Secretario y un Vicesecretario, ostentando los demás la condición de vocales.»

Las funciones del Patronato son:

  1. La aprobación del Plan de actuación en los tres últimos meses de cada ejercicio.
  2. La confección anual del inventario, balance de situación y cuenta de resultados, así como la memoria descriptiva de las actividades y de la gestión económica.
  3. La elaboración y liquidación del presupuesto de ingresos y gastos de cada ejercicio.
  4. La modificación de los estatutos, siempre que resulte conveniente en interés de la misma y no la prohíban los fundadores, así como la fusión con otras Fundaciones y la extinción de la Fundación en aquellos casos que legalmente proceda.
  5. La aceptación de herencias, legados y donaciones, con cargas o sin cargas.
  6. Administrar la Fundación buscando el mejor rendimiento económico de los bienes que posea y procurando su aumento.
  7. Representar a la Fundación en todos los asuntos y actos administrativos y judiciales, civiles, mercantiles, laborales o penales.
  8. Llevar la firma y actuar en nombre de la Fundación en toda clase de operaciones bancarias.
  9. Aprobar el establecimiento de premios o ayudas a investigaciones, la edición o publicación de obras o folletos, así como los planes de trabajo y los reglamentos de régimen interior.
  10. Nombrar una Comisión Académica, que confeccionará los programas de clases, cursos, jornadas, seminarios, etc. que hayan de impartirse.
  11. Nombrar, destinar o despedir a todo el personal al servicio de la Fundación, estableciendo las funciones y asignándoles los sueldos y gratificaciones que procedan.
  12. Realizar cuanto mejor convenga para la buena marcha de la Fundación y el cumplimiento de sus fines.

EL CONSEJO ASESOR

El Consejo Asesor tiene la función de asesorar académica y docentemente al Patronato. Al margen de los miembros que lo componen de manera natural, el Patronato podrá designar de uno a tres representantes de las instituciones políticas, empresariales y sociales de Granada para que formen parte de él.

 

EL COMITÉ DE DIRECCIÓN

El Comité de Dirección es un órgano subordinado del Patronato, presidido por el Vicepresidente del mismo, cuya función es la de orientar y controlar la dirección ejecutiva de la Fundación. Se reunirá como mínimo bimestralmente.

 

GERENCIA Y SECRETARÍA TÉCNICA

El Patronato designará un Gerente y un Secretario Técnico. El Gerente se hará cargo de la dirección económico-administrativa de la Fundación y contará con una Secretaría Técnica, para auxilio de sus funciones administrativas y de control económico.