Jornadas Concursales «Solidaridad con La Palma»-Noviembre 2021

JORNADAS CONCURSALES 2021
Online
«Solidaridad con La Palma»
FECHAS18, 23, 24 y 30 de noviembre de 2021.

HORARIO: De 16:30h a 20:30h.

FORMATO: Online.

PROGRAMA:
Jueves, 18 de noviembre de 2021
Modera: D. José Antonio Sánchez PérezAbogado.
«El IVA en los profesionales que intervienen en el Concurso de Acreedores». D. Francisco Villanueva BecerrilAgencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
– «La realización de bienes y derechos con privilegio especial. Régimen actual y cancelación de cargas». Ilmo. Sr. D. Rafael Leonés ValverdeMagistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Granada.
ModeraDña. Virginia Jiménez CastilloAbogada. Delegada Andalucía de International Auction Group.
– «La venta de unidades productivas con carácter previo al concurso. Procedimientos presentes y perspectivas futuras». Ilmo. Sr. D. Enrique Sanjuán y MuñozMagistrado Especialista en Derecho Mercantil. Audiencia Provincial de Málaga.
– «Las liquidaciones concursales, venta de bienes de las concursadas y subastas extrajudiciales». D. Enrique Díaz RevorioLetrado Admón. Justicia en excedencia. Director del Dpto. Dcho. Concursal e hipotecario de International Auction Group.
Clausura: Ilmo. Sr. D. José María Escudero Santos. Decano del Ilustre Colegio Profesional de Economistas de Granada.

Martes, 23 de noviembre de 2021

ModeraD. Francisco de Paula Zurita LópezAbogado.

 «Segunda oportunidad. Tramitación general y especial. Doctrina de los juzgados sobre ultra vires en materia de crédito público. Afectación de la vivienda en concurso de personas naturales conforme a la doctrina de la AP de Barcelona». Ilma. Sra. Dña. Nuria A. Orellana CanoMagistrada de la Audiencia Provincial de Cádiz.

 «Régimen de responsabilidad patrimonial de los Administradores. Distinción en el régimen societario y concursal. La calificación concursal, última jurisprudencia». Ilmo. Sr. D. Luis Shaw MorcilloMagistrado en asuntos propios de lo Mercantil. Audiencia Provincial de Málaga.

Modera: Dña. Rocío Martínez SolerEconomista.

 «Cuestiones actuales de liquidación y nueva perspectiva en el Anteproyecto de la ley de reforma del TRLC».
   Ilma. Sra. Dña. María José Fernández AlcaláMagistrada del Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Granada.

 «Aspectos notariales del concurso de acreedores». Dña. Carmen Vela Fernández. Notario.

Clausura: Ilmo. Sr. D. José Luis López Fuentes. Presidente de la Audiencia de Granada.

Miércoles, 24 de noviembre de 2021

ModeraDña. Esther Vaquero del CastilloEconomista.

 «Procedimiento de insolvencia para microempresas. Liquidación de estas con la reforma concursal».
   Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes BujalanceMagistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Córdoba.

– «Comentarios jurisprudenciales». Ilmo. Sr. D. Enrique Pinazo Tobes. Magistrado Especialista en Derecho Mercantil. Audiencia Provincial de Granada.

ModeraD. Eduardo Martínez MartínezAbogado.

 «Acción de reintegración en la jurisprudencia y en el anteproyecto de ley de reforma del TRLC».
   Ilmo. Sr. D. Fernando Caballero GarcíaMagistrado de la Audiencia Provincial de Córdoba.

 «La aplicación privada del derecho de la competencia: cuestiones clave en el escenario actual español».
   D. Blas A. González NavarroAbogado. Magistrado en excedencia.

Clausura: Excmo. Sr. D. Rafael López Cantal. Presidente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada.

Martes, 30 de noviembre de 2021: Aspectos laborales del concurso.

ModeraDña. Patricia Guardia LaraAbogada.

 «ERE y despido concursal: causas que lo justifican». D. Juan José González HernándezAbogado laboralista.

 «ERE y despido concursal: tramitacion y procedimiento». D. Antonio Folgoso OlmoAbogado y Doctor en Derecho.

ModeraDña. María Remedios Moreno GonzálezEconomista. Abogada.

 «La extinción individual del contrato de trabajo y el concurso de acreedores». Ilmo. Sr. D. José Antonio Buendía JiménezMagistrado del Juzgado de lo Social Nº 3 de Elche.

– «El recurso de suplicación y el despido concursal». Ilma. Sra. Dña. Beatriz Pérez HerediaMagistrada Especialista de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Clausura: Excmo. Sr. D. Leandro Cabrera Mercado. Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

Se certificarán 16 horas en materia concursal.
Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.
Se controlará la asistencia para la certificación de horas de formación.

MATRÍCULA:

Inscripción Jornada completa: 120€
Sesión suelta: 50€

INSCRIPCIÓN: Para participar en estas Jornadas deberá rellenar el siguiente formulario y remitir el resguardo de pago realizado en la cuenta que indica el formulario a secretaria@escueladerechoconcursal.org

 

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN


Colabora:
IAG

IV Foro Concursal-Societario 2015/2016

Fundación_Aranzadi
Como en ediciones anteriores, el IV Foro Concursal-Societario Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada es un encuentro periódico entre los profesionales de las situaciones concursales, basado en la práctica y el debate, destinado a la actualización continua de los conocimientos necesarios en el ámbito del derecho concursal, con engarces del derecho mercantil, del derecho social y otros derechos, además de la economía y la contabilidad.

Sea el primero en conocer, de la mano de prestigiosos ponentes de diferentes perfiles, las últimas novedades normativas, su aplicación práctica y las diferentes interpretaciones que de ellas han hecho los Tribunales.

Resuelva sus dudas y opine sobre los temas planteados gracias al formato altamente participativo de las sesiones. Esto le permitirá formarse y estar al día en su trabajo.

Contacte con otros asistentes al Foro, profesionales del Derecho Concursal, y con los ponentes, lo que, sin duda, contribuirá a ampliar su red de relaciones profesionales.

Leer más…

Curso de Especialización Concursal «Análisis del nuevo Sistema Concursal tras su reforma»

El reciente Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal, aborda la extensión de las premisas establecidas para el convenio concursal por el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial; además de establecer una serie de medidas para flexibilizar la transmisión del negocio del concursado o de alguna de sus ramas de actividad. Para dar conocer en profundidad todas las modificaciones que han tenido lugar, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada organiza este Curso de Especialización Concursal.

FECHAS: Martes 30 de septiembre (de 16:00h a 20:30h) y miércoles 1 de octubre de 2014 (de 17:00h a 21:00h).

NUEVO PROGRAMA:

DÍA 30 DE SEPTIEMBRE:
16:00 h: Recepción de asistentes y entrega de documentación.
16:30 h – 18:15 h: Mesa Redonda «La Construcción del Convenio tras la reforma del RDL11/2014».

  • Ilmo. Sr. Don Antonio Fuentes Bujalance. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Málaga. «Clases de créditos».
  • Ilmo. Sr. Don Eduardo Gómez López. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Sevilla. «Propuesta de Convenio».
  • Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada. «Aprobación e incumplimiento del Convenio y supuestos especiales».

 18:15 h – 18:45 h: Coffee Break.

18:45 h – 19:30 h: Conferencia «Aplicación transitoria de la reforma concursal»

  • Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.

19:30 h – 20:30 h: Conferencia «Aspectos financieros de la refinanciación previa concursal y del convenio concursal».

  • Ilmo. Sr. Don Lázaro Rodríguez Ariza. Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad – Universidad de Granada.

 

DÍA 1 DE OCTUBRE: 
17:00 h – 18:30 h: Mesa Redonda «El proceso de liquidación, transmisión de unidades productivas y calificación»

  • Ilmo. Sr. Don Luis Shaw Morcillo. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Jaén. «Nuevos supuestos de transmisión, cesión y dación en pago».
  • Ilmo. Sr. Don Leandro Blanco García-Lomas. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Almería. «El plan de liquidación tras la reforma. Aspectos modificados».

 18:30 h  – 18:45 h: Coffee Break.

18:45 h – 20:00 h: Mesa Redonda «La Reforma del sistema de Administración Concursal y la calificación 4/2014».

  • Ilmo. Sr. Don Rafael Leonés Valverde. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada. «El nuevo régimen del Administrador Concursal en la tramitación parlamentaria del RDL 4/2014».
  • Ilmo. Sr. Don Fernando Caballero García. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba. «La calificación tras la reforma RDL 11/2014 y la tramitación parlamentaria del RDL 4/2014».

20:00 h – 21:00 h: Conferencia: «Los procesos de refinanciación previos al concurso. Las reformas 4/2014 y 11/2014».

  • Sra. Doña Juana Pulgar Ezquerra. Catedrática de Derecho Mercantil – Universidad Complutense de Madrid.

 

Plazas limitadas. Admisión por riguroso orden de inscripción.

Curso homologado por el REFOR.

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Se certificarán 8 horas de formación.

Pueden formalizar su inscripción en el siguiente enlace: INSCRIPCIÓN ONLINE

 

 

En la reforma del Código Mercantil se van a modificar aspectos relevantes del Derecho Concursal, pero el protagonismo lo ha asumido el Ministerio de Economía y no el de Justicia

Ángel Rojo

Ángel Rojo Fernández-Río.
Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid

Ángel Rojo, uno de los mayores expertos españoles en Derecho Mercantil y Concursal, ha sido el encargado de dictar la conferencia magistral con la que se cierra la actividad docente de la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada en este curso y que, además, ha servido de marco para hacer entrega del II Premio de Investigación Francisco Salgado de Somoza que convoca la Fundación que gestiona la Escuela.

En ese acto, el catedrático de Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid, ha abordado algunos aspectos relevantes de la redacción del que será el nuevo Código Mercantil, que ha de sustituir al Código de Comercio, vigente desde 1885.  Aunque la Ley Concursal queda fuera del ámbito del Código Mercantil, hay algunos artículos que la atañen y, en referencia a ellos, Rojo Fernández-Río se ha mostrado muy crítico al entender que en el anteproyecto de Ley, “se van a modificar aspectos relevantes del Derecho Concursal  y, sin embargo, el protagonismo lo ha asumido el Ministerio de Economía y no el de Justicia, por lo que los textos legales que se preparan, al menos  por lo que he podido conocer,  son muy deficientes y exigirían un análisis mucho más ponderado de lo que se necesita introducir en la legislación española”.

Igualmente, este experto ha incidido en que “la reforma no soluciona problemas básicos”, por lo que se ha mostrado partidario de que  “la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia prepare un texto meditado, sosegado, ponderado, para afrontar problemas no resueltos”. Ángel Rojo tampoco ha dejado escapar la oportunidad de defender la labor que, en materia concursal, vienen realizando los jueces de lo Mercantil y los administradores concursales; en ese sentido explica que, “la experiencia de estos años de vigencia de la Ley pone de manifiesto que sin la buena labor de unos y otros, la situación hubiera sido catastrófica”.

La ceremonia de clausura del año lectivo de la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada ha incluido la entrega de la acreditación como ganadora de la segunda edición del Premio Francisco Salgado de Somoza, organizado por la Fundación de la Escuela en colaboración con Thomson Reuters Aranzadi y dotado con 6.000 euros, a Marta Flores Segura, por su trabajo presentado bajo el título “La consolidación de los patrimonios de varios deudores en la Ley Concursal española”. Igualmente, se han otorgado los títulos a los alumnos que han participado en el II Foro Concursal y en el I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil, respectivamente.

Durante el acto, revestido de mayor solemnidad si cabe al celebrase en la Real Chancillería, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el presidente del Patronato de la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, Miguel Romero, ha incidido en la apuesta por la enseñanza y el reciclaje que viene realizando la Escuela en sus cuatro años de vida, “por la que, en sus diferentes acciones formativas, han pasado 1.700 alumnos”.  Por su parte, el vicepresidente, Eduardo Torres, ha destacado que esas actuaciones se completan con “la promoción de la investigación a través de la creación del Premio Francisco Salgado Somoza”.

II Premio de Investigación «Francisco Salgado de Somoza»

 

Logos

La Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada y Thomson Reuters Aranzadi tiene el honor de informar de que el Jurado  compuesto por:

PRESIDENTE:

Ilmo. Sr. Don José Requena Paredes. Presidente de la Audiencia Provincial de Granada.

VOCALES:

Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo TobesMagistrado-Juez. Director y Profesor Permanente del II Foro Concursal Aranzadi-Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán y MuñozMagistrado-Juez. Coordinador del I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil; Profesor Permanente del II Foro Concursal Aranzadi-Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, acutando como Secretario de este Jurado.

Ilmo. Sr. Don Lázaro Rodríguez ArizaFacultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Universidad de Granada.

Ilmo. Sr. Don Jesús Bobo RuízFacultad de Derecho. Universidad de Granada.

Acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Que examinados los trabajos de investigación jurídica en materia mercantil presentados a concurso, quiso destacar la calidad de la mayor parte de ellos.

SEGUNDO.- Otorgar por unanimidad el premio en esta II Edición al trabajo presentado bajo el título “La consolidación de los patrimonios de varios deudores en la Ley Concursal española”, presentado por Doña Marta Flores Segura.

El jurado ha valorado con ello la excelente calidad de su estudio, la utilidad de sus aportaciones, lo novedoso de los criterios prácticos que propone en la tramitación y resolución de los procesos concursales así como su adecuada documentación, hasta constituir un muy interesante y riguroso estudio que puede marcar en los profesionales del Derecho pautas de actuación en la práctica forense concursal.

TERCERO.- Resaltar y hacer mención honorífica al trabajo titulado “La administración concursal. Evolución histórica y régimen jurídico vigente”, presentado por Don Salvador Tomás Tomás. El jurado consideró que este estudio, que ha resultado finalista del premio, constituye un meritorio trabajo de investigación y documentación, de recomendable consulta y divulgación, haciéndole acreedor de esta mención honorífica.

Para hacer entrega de este Premio, está prevista la celebración de un acto, que conjugará la entrega del mismo con la clausura de los cursos impartidos durante este año por la Fundación, y del que próximamente publicaremos todos los detalles.

Expertos apuntan que la reforma de la Ley Concursal contribuirá a que no todos los conflictos por insolvencias se resuelvan en los juzgados

Mesa Red 5 mayo

La Ley Concursal de 2003 pretendía dar opciones a las empresas para que los problemas por insolvencias no conllevaran, de forma necesaria, el fin de su actividad. No lo consiguió, y casi la totalidad de los procesos concursales acababan en liquidación. La reforma de 2011 no resolvió las dificultades que la Ley original planteaba, con el consiguiente colapso de los juzgados de lo Mercantil. Otra nueva reforma, la de marzo de 2014, va más encaminada a aliviar esta situación. Al menos así lo entienden los expertos que se han dado cita en la Mesa Redonda que, para abordar los preceptos de la reforma, ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada.

Así, Fernando Caballero y Enrique Sanjuán, magistrados de los juzgados de lo Mercantil de Córdoba y Granada, respectivamente, y Ana Belén Campuzano, catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad San Pablo, CEU, coinciden al calificar la reforma de “positiva, pero mejorable”. La cal la sitúan en que establece los mecanismos preconcursales o paraconcursales que deben favorecer que se resuelvan los conflictos por insolvencias de forma previa o paralela al concurso. Además, en el espíritu de la reforma está eliminar la posición de fuerza de algunos acreedores para alcanzar el acuerdo, ya que en la situación anterior los acreedores disidentes, una pequeña minoría, podían frustrar la posibilidad de acuerdo a través de operaciones de refinanciación.

La arena la fija Caballero en que “es reglamentista y entra en demasiados detalles, en lugar de abundar en ellos en su reglamento”. Para Sanjuán “será más útil para las grandes empresas y pymes de cierta entidad, que para microempresas, personas físicas, familias y profesionales, a los que no aporta soluciones”. Y Campuzano sostiene que “se debería afinar en la tramitación parlamentaria, porque está bien que se apoyen y se incentiven las reestructuraciones y refinanciaciones, pero no creo que haya que sancionar a quien no esté de acuerdo”.

En cuanto al alivio que puede suponer para los juzgados de lo Mercantil una reforma que da instrumentos que abren vías alternativas al proceso judicial en situaciones de insolvencia, los jueces que han participado en la Mesa Redonda aseguran que “los problemas no son tanto de orden técnico como de carácter logístico, organizativo de la planta judicial, dado que los juzgados están colapsados, tienen plantillas insuficientes, con los consiguientes retrasos que acarrea esta situación que impide dar respuesta inmediata a empresas en situación de insolvencia”. Aún así, consideran que la reforma puede producir una descarga en la entrada de concursos, “pero necesitará un tiempo para que se deje notar”. Igualmente, la Ley de Mediación puede ir en esta misma línea, si bien precisará un periodo de adaptación y un cambio de mentalidad para que “abandonemos la idea de que todos los conflictos se resuelven en los juzgados, cuando existen otros mecanismos más económicos, rápidos y ágiles”.

 

 

Mesa Redonda «La Reforma Concursal del RDL 4/2014: Análisis ordinal de los preceptos reformados»

El próximo día 5 de mayo (lunes), a las 17:00h en el Hotel Carmen (Granada), vamos a celebrar una Mesa Redonda sobre «La Reforma Concursal del RDL 4/2014: Análisis ordinal de los preceptos reformados«.

La Mesa Redonda estará compuesta por:

Doña Ana Belén Campuzano Laguillo. Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad San Pablo. CEU.

Don Fernando Caballero García. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba. Especialista en Asuntos Mercantiles.

Don Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Granada. Especialista en Asuntos Mercantiles.

Los asistentes podrán formular sus preguntas haciéndolas llegar a la Fundación a través del siguiente e-mail: secretaria@escueladerechoconcursal.org hasta 5 días antes a la celebración de la Mesa Redonda.

Se certificarán 3 horas de formación.

Podéis formalizar la inscripción a través del siguiente ENLACE: INSCRIPCIÓN ONLINE

La mediación se abre paso como alternativa extrajudicial a los procesos concursales

I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal)

Las solicitudes de profesionales, de toda Andalucía, para asistir al Curso de Medición casi han duplicado las 70 plazas que ofrecía la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada

Una de las consecuencias de las dificultades económicas por las que están atravesando las empresas y las familias ha sido desde el inicio de la crisis la solicitud continua de concursos, que no se relaja desde hace más de seis años. Tal escenario ha acarreado que el volumen de procesos que soportan los juzgados de lo Mercantil crezca de manera exponencial. Para aliviar esa situación hace su entrada la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, que ha sido desarrollada a finales del pasado año por un Real Decreto que perfila diferentes aspectos de la Ley. La idea que subyace es la de establecer mecanismos que contribuyan a que no todas las dificultades por insolvencias desemboquen en el Juzgado, de tal forma que se puedan alcanzar acuerdos entre las partes en conflicto al margen de la vía judicial.
Para Enrique Sanjuán, magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Granada, “la idea es muy buena porque se trata de establecer un sistema alternativo al judicial para que, a través de la ayuda de una persona especializada y formada, el mediador, se puedan alcanzar acuerdos entre las partes”, pero sostiene que “esa normativa no va a solucionar el estado de los juzgados de lo Mercantil”. Y es que, en su opinión, “el desarrollo legal de la Ley de Mediación tiene limitaciones que se deben pulir con una reforma”. En este sentido, explica que presenta contradicciones; si no se alcanza un acuerdo global la alternativa es el concurso, de tal forma que no hay una modulación que permita alcanzar acuerdos selectivos; igualmente, encuentra defectos en el diseño de la figura del mediador y del administrador concursal, entre otros. Aun así, entiende que “si tenemos la Ley y a unos profesionales especializados, lo único que queda es perfeccionarla y adaptarla a la realidad que nos encontramos en el día a día para que sea realmente útil.”
Pero la formación de los profesionales que se ocuparán de la Mediación no puede esperar a que lleguen las mejoras de la Ley. Así lo ha entendido la Fundación de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, que ha iniciado el “I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil”, de cuya dirección académica se ocupa el propio Sanjuán.
Y es que la Ley, y su posterior desarrollo reglamentario, exige a los profesionales que se ocupen de la mediación contar con una formación específica tanto práctica como teórica. Miguel Romero, presidente del Patronato de la Fundación, apunta que la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, ha organizado este curso para dar respuesta al colectivo de abogados, economistas y titulados mercantiles “que tienen como plazo hasta el próximo 27 de marzo, para acreditar la formación necesaria que les permita la inscripción en las listas de mediadores que dependen del Ministerio de Justicia”. Pero contar con esta formación de 100 horas no es condición suficiente para actuar como mediador, de hecho, Romero recuerda que “el requisito previo es el de ser administrador concursal, ya que en el supuesto de que la mediación no tenga un resultado positivo se desemboca en un proceso concursal, en el cuál el profesional que actuó como mediador pasa a ser administrador concursal”. El presidente de la Fundación se ha felicitado por el éxito de la convocatoria de este curso, en el que se han inscrito setenta expertos “y no hemos podido atender la demanda generada, sobre todo de otras provincias andaluzas, por la necesidad de no masificar un curso que tiene una importante componente práctica”.
Enrique Sanjuán, por su parte, ha destacado la cualificación y experiencia de los ponentes con los que se contará a lo largo que curso que concluye el próximo 22 de marzo, y en los que se trabajará en técnicas e instrumentos de mediación, en modelos de mediación aplicados al proceso civil, mercantil y de insolvencia, en sus aspectos sociológicos, psicológicos, etc. de tal forma que “esperamos que todos los profesionales que se dan cita en las diferentes sesiones, cuando las concluyan, crean en las posibilidades reales de la mediación.”

I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal)

La Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada organiza el I Curso Superior Intensivo de Mediación Civil y Mercantil (Mediación Concursal), orientado a la inscripción en el Registro de Mediadores Civiles y Mercantiles, y, en particular, en el Registro de Mediadores Concursales; y que cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, que desarrolla la Ley de Mediación.

FECHAS:
7 y 8 de febrero de 2014.
14 y 15 de febrero de 2014.
21 y 22 de febrero de 2014.
7 y 8 de marzo de 2014.
14 y 15 de marzo de 2014.
21 y 22 de marzo de 2014.

HORARIO PRESENCIAL: Viernes de 16:00 h a 21:30 h y sábados de 9:00 h a 14:30 h.
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hotel Carmen, Granada.

DIRECCIÓN ACADÉMICA: Don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada.

MATERIAS:  (VER PROGRAMA)
Aspectos generales de la Mediación.
Fundamentos Civiles y Mercantiles aplicados a la Mediación.
Elementos psicológicos y sociales del conflicto interpersonal: habilidades y competencias claves de coaching. Role Playing.
Mediación en Insolvencia.

En el caso de los mediadores concursales la inscripción en el Registro resulta obligatoria, siendo necesario el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado 1 del art. 233 de la Ley Concursal y, por tanto, que tengan la formación específica como mediador, así como acreditar el cumplimiento de alguna de las condiciones a las que se refieren los números 1º y 2º del apartado 1 del art. 27 Ley Concursal.

La dirección académica de este Curso Intensivo correrá a cargo de Don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada, que se rodeará de un grupo de ponentes del más alto nivel en las distintas materias que lleva aparejada la Mediación.

La duración total de curso será de 100 horas, siendo presenciales 65 horas, e impartiéndose 35 horas de formación online.

Tal como se recoge en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, cabe destacar que la formación en mediación realizada con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, es decir, hasta el 27 de marzo de 2014, será reconocida; así como que se inscribirán provisionalmente los mediadores concursales que estén en las listas de los Colegios siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 18 de la norma. La lista se abre el 1 de abril de 2014 y será publicada desde el 1 de junio de 2014.

 

 

Jueces sostienen que están apareciendo sujetos interesados en comprar empresas en liquidación y no sólo elementos de esas empresas

 

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A la jornada formativa han asistido más de doscientos profesionales

La coyuntura de crisis económica no sólo ha repercutido en el incremento exponencial del volumen de empresas en concurso que concluían el proceso con el cierre de actividad y la liquidación de activos, sino que, además, esa liquidación se realizaba con la venta de elementos individuales de producción, tales como maquinaria, inmuebles, vehículos, etc. Tal desmembramiento y venta por lotes imposibilita la continuidad de su tarea empresarial por otra compañía y, por consiguiente, implica la destrucción masiva de empleo, no sólo del propio. Y esto a pesar de que la intención de la Ley Concursal es que la venta se produzca como unidad productiva para mantener el funcionamiento de la actividad, bien bajo un nuevo nombre o manteniendo el anterior. Sin embargo, “en la práctica es excepcional que esto ocurra y se acaba vendiendo por elementos individuales”, explica Fernando Caballero, magistrado del Juzgado Mercantil de Córdoba. Aun así, esos hechos insólitos lo son cada vez menos, de tal forma que “estamos empezando a percibir en los juzgados de lo Mercantil la aparición de sujetos, que bien en forma de fondos de inversión o de compañías que quieren ampliar líneas de negocio, están interesados en comprar empresas y no sólo elementos de estas empresas, aprovechando los precios económicos con los que se ofrecen”, señala el juez.

Incluso para facilitar la venta con el mantenimiento de la actividad económica los jueces son partidarios de que la nueva empresa no herede las deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social. Si se establece claramente en las normas supletorias a partir de lo dispuesto en la Ley “no habrá derivación de responsabilidades, porque es una cuestión ya saldada por el órgano competente, que es el propio juez del concurso”, apunta Enrique Pinazo, magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.

Por otra parte, la venta de  activos puede producirse antes incluso de empezar la fase de liquidación del concurso, con autorización del juez o sin ella. En esto la Ley Concursal no establece  criterios básicos, pero “entendemos que si se trata de activos perecederos o si la empresa necesita liquidez para mantener la actividad, pagar a los empleados u otras situaciones justificadas o urgentes, puede vender y luego informar al juez”, indica Enrique Sanjuán, magistrado del Juzgado Mercantil de Granada; si bien aclara que “cualquier otra operación debe ser autorizada por el juez del concurso”.

El marco en el que se han desarrollado estas manifestaciones ha sido la Jornada sobre “La liquidación de activos en el concurso de acreedores”, que ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, en la que han participado más de dos centenares de profesionales. Una actividad que, según ha explicado el presidente del Patronato de la Fundación, Miguel Romero, “se suma a todas las que organizamos cada año para ofrecer formación, foros de debate, investigación y publicaciones a los diferentes colectivos implicados en el mundo jurídico y empresarial, no sólo granadino”. Y sobre el tema concreto de la liquidación en procesos concursales, Romero, argumenta que “conocer la opinión de jueces expertos en la materia facilita que las inversiones que se produzcan en esas situaciones se generen de forma más fácil, segura y tranquila, a pesar de los tiempos que vivimos”.