Comunicación de Concursos a la Tesorería General de la Seguridad Social

Por Ley 38/2011 de 10 de octubre, se da una nueva redacción, entre otros al Art.21 de la Ley Concursal, 22/2003 de 9 de julio, estableciendo la obligación a la Administración concursal de comunicar los concursos declarados por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras.

Para dar cumplimiento a lo anterior se ha habilitado en la sede electrónica https://sede.seg-social.gob.es el lugar necesario para ello, siendo IMPRESCINDIBLE disponer de certificado digital de la clase 2 CA ( que lo puede obtener en las oficinas de la seguridad social entre otros) o DNI electrónico y remitir el modelo  TCP01 .

 

 

La actual coyuntura económica y la entrada en vigor de la reforma incrementa la demanda de formación concursal

Si el mejor modo de resolver una dificultad es no tratar de soslayarla, según palabras del escritor Clarasó, parece más que justificada la celebración del Curso de Iniciación Concursal que organiza la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada. Y es que el aumento de procesos concursales en Granada desde el inicio de la crisis, unas previsiones nada halagüeñas respecto al futuro económico y empresarial inmediato y una reciente reforma en materia concursal son razones objetivas, que fundamentan este tipo de formación especializada.

 
En este sentido, uno de los directores académicos del Curso, el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, Blas Alberto González, explica que, aunque ya se celebró el año pasado un curso de similares características, en 2012, “la demanda de formación en materia concursal no sólo no ha cesado, sino que se ha incrementado”. De hecho, según el juez, los demandantes de formación pertenecen a dos grupos distintos, “por un lado, profesionales que desean actuar como administradores concursales y, por otro, aquellos que tienen deudores o acreedores a los que asesorar en la materia”.

 
A esta coyuntura se suma que la entrada en vigor el pasado 1 de enero de la reforma de la Ley Concursal acarrea una triple necesidad formativa, tanto para las personas que ya han sido administradores concursales o que tiene problemas de índole concursal en su empresa y que desean conocer las implicaciones de la reforma en profundidad, así como sus novedades; aquellos que necesitan acreditar formación para acceder a las listas de administradores concursales y, por último, las personas que sólo buscan un primer acercamiento, una iniciación, en derecho concursal.
Para atender a los requerimientos y necesidades de los profesionales, no sólo granadinos, sino también andaluces, la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil ya prepara un nuevo curso, en este caso de especialización en la misma materia, que “ha desbordado las expectativas”, según Blas Alberto González, ya que para su inicio el próximo 29 de febrero hay casi un centenar de solicitudes de inscripción.
En cuanto al de Iniciación, que acaba de comenzar, cuenta con más de cuarenta asistentes, que participarán en unas clases que se extienden hasta el próximo 8 de mayo, con ponentes tanto provenientes de la Magistratura y la Agencia Tributaria, como de la práctica profesional a cargo de titulados mercantiles, abogados y economistas.

 

 

Formación Cuatrimestral

Presentamos las próximas acciones formativas de la Fundación Escuela de Derecho Concursal.

La dirección académica correrá a cargo de Don Enrique Pinazo Tobes, Magistrado Secc. 3ª de la Audiencia Provincial de Granada y Especialista en Asuntos Mercantiles, Don Blas Alberto González Navarro, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada y Especialista en Asuntos Mercantiles.

CURSO DE INICIACIÓN EN DERECHO CONCURSAL: 12 SESIONES. Ver Tríptico

Dirigido Abogados, Auditores, Economistas y Titulares Mercantiles que se inician en la materia Concursal y que quieran cumplir con el compromiso de formación de esta materia. Artículo 27.3 de la Ley Concursal

Fecha de Inicio: MARTES: 31 de Enero de 2012. Horario de 16:30h a 20:30h.

 

CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO CONCURSAL: 10 SESIONES. Ver Tríptico 

Dirigido Abogados, Auditores, Economistas y Titulares Mercantiles, en cumplimiento con el compromiso de continuidad en la formación de esta materia. Artículo 27.3 de la Ley Concursal.

Fecha de Inicio: MIÉRCOLES 29 de Febrero de 2012. Horario de 16:30h a 20:30h.

Jornada sobre la Reforma de la Ley Concursal, martes 22 de noviembre

Ampliar las posibilidades de que las empresas en dificultades puedan salir adelante es el reto de la Reforma de la Ley Concursal

 

No ha dado tiempo a que la Ley Concursal enrancie. Dos reformas de calado en ocho años la contraponen a otras  de contenido similar, como la de Suspensión de Pagos o la Regulación de Quiebras, que presumieron de longevidad. Es el signo de los tiempos.

Una situación económica complicada, donde se multiplica el volumen de empresas en concurso, precisa de nuevas medidas encaminadas, sobre todo,  a “mejorar el posicionamiento de quienes apuesten para que una empresa en dificultades pueda salir adelante”, explica el magistrado de la Audiencia Provincial, D. Enrique Pinazo.

Para analizar las modificaciones que la última reforma introduce, la Fundación Escuela de Derecho Concursal ha organizado unas jornadas de estudio, celebradas en dos sesiones en días sucesivos. Casi doscientos profesionales granadinos no han dejado escapar la oportunidad de adentrarse en la disección de esos cambios, de la mano de D. Enrique Pinazo.

Según este experto, “la situación económica excepcional que atravesamos hace que ésta sea una reforma necesaria, aunque puede que se den algunas disfunciones”.

En este sentido, apunta varias ventajas que introduce la nueva norma, tales como que “se agiliza el proceso concursal, trata de reducir costes, fomenta la posibilidad de financiación y acelera los plazos”. En el debe aparece que el recorte de plazos “compagina mal con una situación en la que los ajustes presupuestarios han contribuido a que los juzgados mercantiles estén desbordados, con la consiguiente dificultad para dar respuestas rápidas”.

Igualmente, esa necesidad de agilizar tramitaciones “puede llevar aparejada alguna merma de garantías”.

 

 

Jornada sobre la Reforma de la Ley Concursal, lunes 21 de noviembre

La Reforma de la Ley Concursal entreabre algunas puertas que estaban cerradas

A veces, aunque las puertas no se abran de par en par, se puede pasar a través de ellas, de costado. Por eso al magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Granada, D. Blas Alberto González, que la reforma de la Ley Concursal haya creado institutos preconcursales le parece, “una buena noticia, si bien se ha hecho  de una forma muy tímida y el legislador no se ha decidido a establecer un autentico y puro derecho preconcursal español, con acuerdos de refinanciación libres, entre acreedores y deudores”.

Y es que la reforma anterior, de 2009, no avanzó en esta materia y, por tanto, no resolvió las carencias que presentaba la Ley Concursal y se manifestaron en toda su amplitud con la llegada de la crisis. En esa coyuntura se multiplicaron las necesidades de refinanciación de un volumen creciente de sociedades, que vieron frustradas sus posibilidades de resolver las dificultades económicas en las que se hallaban, dado que los únicos mecanismos de refinanciación previstos por la ley eran los judiciales. Con ese panorama, las empresas aguantaban más de lo debido y cuando acudían al concurso era demasiado tarde, de forma que más del 90% de esos procesos se han resuelto en los últimos años con la liquidación.

En la redacción de la reforma no se llega hasta donde debería, es decir, la posibilidad de que deudores y acreedores alcancen acuerdos sin intervención de la Justicia, sino que exige una serie de requisitos que, en opinión del magistrado, son “restrictivos”. Entre ellos figura “que tengan las 3/5 partes del pasivo, que sea  un 75% de entidades financieras, si no se llega a ese porcentaje, no es viable el acuerdo de  refinanciación, y sólo es vinculante con la espera, no con la quita”.

Pero no ha sido este el único asunto abordado en la primera de las dos jornadas que para analizar  la reforma de la Ley Concursal ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal de Granada. Se trata de “plantear una introducción a las nuevas reglas de juego que presenta la reforma, pero la Fundación ya tiene previsto organizar varios cursos para profundizar en la materia”, explica D. Miguel Romero, presidente del Patronato de la Fundación Escuela de Derecho Concursal.

Y es que la reforma, (que entrará en vigor el próximo mes de enero, si bien algunos preceptos están vigentes desde octubre) exige experiencia y formación acreditada a los administradores concursales, una de las tareas que tiene encomendadas la Fundación.

En esta línea González aclara que el planteamiento de la Ley “elimina los tres administradores como regla general,  y se pasa a uno y, en casos de extraordinaria trascendencia, dos”. Pero hay algunas cuestiones que quedan un poco en el aire con mandatos ambiguos, tales como que el juez debe respetar las reglas de equidad en el nombramiento de administradores concursales, pero no se especifica cómo. En cualquier caso, el magistrado elige los administradores de entre los registros que elaboran los colegios profesionales, y para tener acceso a entrar en esas listas es preciso acreditar formación específica en materia concursal. De ahí que el magistrado y miembro del Comité de Dirección de la Fundación apunte que, “ahí los colegios profesionales tienen una labor interesante que realizar, ya que corresponde a ellos la elaboración de esos directorios”.

 

 

 

Jornada sobre la Reforma de la Ley Concursal – PLAZAS AGOTADAS

La Fundación Escuela de Derecho Concursal de Granada va celebrar una Jornada sobre la Reforma de la Ley Concursal los próximos días 21 y 22 de Noviembre en el Hotel Carmen (Granada) de 16:00 a 20:00 horas.

Los ponentes serán Don Enrique Pinazo Tobes, Magistrado Sección 3ª de Audiencia Provincial de Granada. Especialista en Asuntos Mercantiles Don Blas Alberto González Navarro, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada. Especialista en Asuntos Mercantiles. 
 
Esta acción formativa está dirigida a Abogados, Economistas y Titulares Mercantiles,  consta de un total de 6 sesiones y el Precio es de 120€ para los integrantes de estas tres Corporaciones y antiguos alumnos de la Fundación y de 150€ para los demás interesados.
Puedes descargarte el Díptico aquí.

Nota.- Es obligatorio haber remitido el resguardo de pago a secretaria@escueladerechoconcursal.org para la correcta inscripción.

 

Clausura del I Congreso Andaluz de Derecho Industrial

José Requena, presidente de la Audiencia Provincial, junto al director académico del Congreso, Blas Alberto González
El I Congreso Andaluz de Derecho Industrial ha cerrado sus puertas con el sabor que deja el trabajo bien hecho. El número de profesionales asistentes, en torno a sesenta, da cuenta de la demanda de este tipo de formación.
La organización no ha escatimado esfuerzos para traer a Granada a figuras de primera línea, que han compartido conocimientos y experiencias, planteado problemas, acercado soluciones… En este sentido, el presidente de la Audiencia Provincial, José Requena, apuntaba en la clausura que, “este Congreso no ha sido de iniciación al ámbito del Derecho Industrial, sino que la talla de los ponentes ha permitido profundizar en las materias que engloba y dar un paso más en la especialización de los profesionales andaluces”.
Así, con su término no se llega a la meta, sino que supone el inicio de un recorrido que transitará por la senda  de la formación de calidad. Un camino que los organizadores están dispuestos a atravesar. De ahí que Blas Alberto González, director académico del Congreso, recordara que la clausura no supone un punto y aparte, sino un punto y seguido, “por una parte, porque nace con vocación de continuidad y, por otra, porque no habrá paréntesis entre ellos, sino que en medio, aparecerán otras actividades formativas de calidad en el ámbito del Derecho Industrial”.
El reto es contribuirán a paliar la escasez de expertos en ese campo y “hacer de Granada un punto de referencia en todo lo relacionado con la formación específica en Derecho Industrial, dirigido tanto a los profesionales del ámbito jurídico como a los de la empresa”, señala González.
Enlace a la página web del Congreso: www.congresoderechoindustrial.es

“El modelo de patente comunitaria, tal y como está planteado ahora, supone una desventaja para la industria competitiva española”

Alberto Casado, director de la Oficina Española de Patentes y Marcas

Alberto Casado Cerviño, director de la Oficina Española de Patentes y Marcas
-¿Cuál es la postura española ante laPatente Comunitaria y sus tribunales?

La posición española es favorable a tener una patente comunitaria y una jurisdicción unitaria europea en materia de patentes. Por lo tanto, a nosotros no nos genera ninguna dificultad el avanzar hacia un instrumento jurídico  único; lo que nos está planteando dificultades es, básicamente, el modelo que la Comisión y al mayoría de los estados miembros están adoptando y, especialmente, el hecho de que se discrimine el idioma español, tanto en el ámbito de la patente comunitaria como en el ámbito jurisdiccional.

-¿En qué estado se encuentra la negociación?

Está muy avanzada. En este momento los dos reglamentos, sobre el derecho sustantivo y el lingüístico, están en el Parlamento, en fase de enmiendas, y se prevé que a finales de este año el pleno del Parlamento adopte una posición. Si opta por no introducir cambios importantes sobre los textos enviados por el Consejo, lo normal es que se apruebe a final de este mismo año. En cuanto al tratado que se está negociando sobre el régimen jurisdiccional comunitario no creo que pueda ser objeto de una conferencia diplomática hasta principios del próximo año. En cualquier caso, estamos hablando ya de un tiempo muy corto.

-¿Cuáles son los principales obstáculos que se ha encontrado el proyecto?

La lengua en cuanto a los reglamentos y después el modelo, es decir, la estructura jurisdiccional que se quiere adoptar que, en muchos aspectos, es extraña a  nuestro modelo jurisdiccional.

-¿En qué aspectos?

Por ejemplo, contempla la posibilidad de que existan jueces técnicos que no tengan formación jurídica. Que se nombre para un caso específico un juez concreto, lo que choca con el principio de seguridad jurisdiccional que fija nuestra Constitución. Que el Tribunal tenga un carácter multinacional y que haya que trabajar en idiomas distintos al español, en algunos casos. Todos esos aspectos, y otros, son un poco extraños a nuestro modelo y nos genera serias dificultades.

-¿Cuáles pueden ser las consecuencias para España de la puesta en marcha de la patente comunitaria?

Es probable que si al final el proyecto sigue adelante, en la hipótesis de que el Tribunal de Justicia Comunitario no nos dé la razón y considere que nuestra postura entra en conflicto con el Derecho Comunitario, España se va a ver enfrentada a la necesidad de decidir si entra o no entra en este juego; pero esa será una decisión de naturaleza política, que deberá ser examinada en profundidad. En el momento actual, no creo que exista la posibilidad de entrar en el sistema, tal y como está. Y si nos quedamos fuera, entonces tendremos que valorar lo que tenemos que hacer.

-¿En el caso de solventarse esos problemas  a los que hace referencia, qué ventajas tendría para España la puesta en marcha de la patente europea?

Un sistema de tutela unitaria con un idioma único, el inglés, o, en el caso de que haya varios, que entre ellos entre el español; un sistema jurisdiccional que resuelva esos conflictos con el modelo judicial español, que antes apuntaba, sería enormemente interesante para la industria innovadora española. Pero tienen que darse esas condiciones.

-Y, ¿En caso contrario?

El modelo, tal y como está planteado ahora, supone una desventaja para la industria competitiva española.

-¿Cuál es la situación de Andalucía en materia de patentes y marcas respecto a España?

En la modalidad de patentes nacionales la región sumó el año pasado 454, el 12,84% del total; en modelos de utilidad las 233 solicitudes representan una cuota del 9,28%; en diseños el 12,29%; en marcas el 11,44% y en nombres comerciales el 17,68%. Por lo que respecta a la distribución de las patentes por sectores, el primer lugar lo ocupa Química y Metalurgia con 59 solicitudes.

-¿Qué opina sobre la escasez de profesionales andaluces especializados en Derecho Industrial?

Andalucía tiene una Escuela Mercantil excelente, unos buenos juristas especializados en propiedad industrial y magistrados, como el director académico de este Congreso, que están creando escuela; de forma que no está mal situada. Lo que ocurre es que Andalucía, como mi región, Galicia, tiene un tejido industrial menos fuerte que otras comunidades españolas y eso tiene consecuencias, también en el número de profesionales. Pero iniciativas como este Congreso van por el camino de solventar el problema.

 

Enlace a la página web del Congreso: www.congresoderechoindustrial.es

«La crisis incrementa los litigios relacionados con la marca y el Derecho Industrial»

Luis Sánchez, de Medina Cuadros Abogados

Entrevista a Luis Sánchez,  Medina Cuadros Abogados

-Usted es uno de los letrados granadinos pioneros que se ha especializado en Derecho Industrial, ¿qué le impulsó a enfocar su carrera en esta materia?

 

-El despacho del que provengo era especialista en este área, y en el departamento mercantil que dirigía una de las prácticas era la propiedad industrial. Evidentemente, como consecuencia de ello te especializas.

-Pero su caso no es común ni en Andalucía ni en Granada. ¿Qué piensa de la falta de profesionales formados en esta materia?

 

-La pena es que al final tienen que venir compañeros de fuera porque cuando llegan los asuntos sobre temas marcarios, no somos referentes. Cuando surge un conflicto en este área, al final las empresas acuden a despachos nacionales, sobre todo de Madrid y Barcelona, donde hay más formación específica. Así que considero que este curso es muy recomendable para potenciar que Granada, siendo la sede del TSJA, organismo competente para tratar los asuntos de propiedad industrial, tenga a letrados que estén formados y que sean expertos en esta materia. Así atraerían no sólo a clientes, sino a otros despachos que quieran tener un abogado local que les ayude en esos temas.

-¿Qué pasos habría que dar para que la especialización en Derecho Industrial sea una realidad?

 

-Este congreso es el primer paso, la introducción. A continuación debería seguirlo algún otro curso más específico, más denso, con mayor profundidad, donde se pueda tratar todo lo relacionado con el Derecho Industrial con más detenimiento. Eso sería lo ideal, para tener por lo menos unos conocimientos y unos fundamentos más especializados.

-¿En la actualidad, en plena crisis, cuál es la situación del Derecho Industrial y Mercantil?

 

-En tiempos de crisis siempre surgen conflictos. Respecto a los incumplimientos del derecho marcario, en tiempos de crisis, después de que una empresa realice una gran inversión económica en una marca para que tenga una relevancia y destaque sobre el resto, la posibilidad de que su  mercado le pueda ser arrebatado por un competidor usando prácticas poco elegantes o incluso ilegales, conlleva inevitablemente un incremento de litigios en este área. Y en la situación actual, en la que los juzgados mercantiles están saturados por temas concursales, es una cuestión a tener en cuenta.

 

Enlace a la página web del Congreso: www.congresoderechoindustrial.es

Expertos alertan de la escasez de juristas y profesionales de la empresa especializados en patentes

Pascual Segura durante su ponencia en el I Congreso Andaluz de Derecho Industrial

El nivel de especialización de los profesionales españoles en materia de derecho industrial varía en función de los ámbitos que se toquen. Así, mientras que en las modalidades de derechos de autor (propiedad intelectual) es alto y cuenta con un buen número de especialistas de reconocido prestigio, en otros, como patentes, el volumen y nivel se aminora. Como también ocurre con los diseños cuya normativa, además, ha cambiado recientemente. A medio camino queda el bloque de las marcas, por su trascendencia para la industria y comercio.

Con este panorama, el profesor Pascual Segura, agente de la propiedad industrial de la Universidad de Barcelona y director de su Centro de Patentes, entiende que “sobre todo en materia de patentes, son precisos más juristas y profesionales del ámbito de la empresa especializados en ese ámbito, de ahí la necesidad de impartir una formación adecuada”. Un recorrido que pretenden realizar los colegios de Titulados Mercantiles, Abogados, Economistas y la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil y que ya han iniciado con la organización del I Congreso Andaluz de Derecho Industrial que se celebra los días  6 y 7 en Granada, uno de cuyos ponentes ha sido el profesor Segura.

Andalucía con más de 18.000 investigadores, solicitó el pasado año 454 patentes nacionales el 12,84% del total. Frente a ese porcentaje, Cataluña ronda el 30% de las patentes. Unos datos que este experto explica porque, “allí se asientan varias empresas tecnológicas extranjeras, de gran dimensión como Hewlett Packard, y muchas farmacéuticas de capital español. En Andalucía, sin embargo, no se solicitan muchas patentes, pero sí se hace mucha investigación, luego, es de esperar que crezca su número, porque la tecnología que inventan los centros de investigación públicos y privados andaluces es universal, y no depende que haya implantada una industria determinada”.

 

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