Forum sobre la Reforma de la Ley Concursal, Edición 2013

 

DIRECCIÓN ACADÉMICA

Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado de la Secc. III de la Audiencia Provincial de Granada.

Ilmo. Sr. Don Alfred Albiol Paps. Profesor Titular de Derecho Mercantil en la Universidad de Barcelona. Secretario General del R.E.C.J.

 

CALENDARIO   Meses de Febrero y Marzo de 2013.Horario de 16:30 a 20:00h.

 LUGAR DE CELEBRACIÓN  Hotel Carmen, Granada.

 

PROGRAMA

MARTES 12 DE FEBRERO DE 2013

16:30h: Problemas Prácticos en los Expedientes de Regulación de Empleo tras la Reforma de la Ley Concursal.

Ilma. Sra. Dª Nuria A. Orellana Cano, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz.

17:30h: La Administración Concursal tras la Reforma: Nuevos Poderes, Responsabilidades y Estatuto Jurídico.

Ilmo. Sr. D. Luis Shaw Morcillo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Jaén.

18:30h: Pausa.

18:45h: Problemas Prácticos del Privilegio del “Fresh Money” en la aplicación de la Reforma Concursal.

Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Málaga.

 

MARTES 19 DE FEBRERO DE 2013

16:30h: Los Contratos del Concursado tras la Reforma: Especial atención al Leasing y los créditos derivados del mismo.

Ilma. Sra. Dª Yolanda Ríos López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Barcelona.

17:30h: El Concurso necesario tras la Reforma: Su nueva declaración inaudita parte.

Ilmo. Sr. D. Eduardo Gómez López, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Sevilla.

18:30h: Pausa.

18:45h: El Debilitamiento de la Regla General del Vencimiento en el pago de los Créditos contra la Masa.

Ilmo. Sr. D. Fernando Caballero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.

 

MARTES 26 DE FEBRERO DE 2013

16:30h: La Calificación del Concurso y en especial la controvertida naturaleza jurídica de la Responsabilidad Concursal de los Administradores Concursales.

Ilmo. Sr. D. Juan Garnica Martín, Magistrado. Presidente de la Secc. XV de la Audiencia Provincial  de Barcelona.

17:30h: El Principio de “Instantánea” tras la Reforma: Modificaciones de los textos provisionales y de los textos definitivos.

Ilmo. Sr. D. Alberto Arribas Hernández, Magistrado de la Secc. XXVIII de la Audiencia Provincial de Madrid.

18:30h: Pausa.

18:45h: El Plan de Liquidación tras la Reforma de la Ley Concursal.

Ilmo. Sr. D. Enrique Pinazo Tobes, Magistrado de la Secc. III de la Audiencia Provincial de Granada.

 

MARTES 5 DE MARZO DE 2013

16:30h: El Concurso sin masa tras la Reforma: Aplicación de las nuevas Reglas de Conclusión del Concurso.

Ilmo. Sr. D. José Mª Cutillas Torns, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Valencia.

17:30h: La Cesión en Pago o para el pago del acreedor privilegiado especial, como excepción a la prohibición general en el convenio de dichas operaciones.

Ilmo. Sr. D. Carlos Nieto Delgado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Madrid.

18:30h: Pausa.

18:45h: Mesa Redonda sobre las cuestiones controvertidas del Procedimiento Abreviado tras la Reforma.

Ilmo. Sr. D. Rafael Leonés Valverde, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Granada.

Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Lozano López, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Almería.

Ilmo. Sr. D. Enrique Pinazo Tobes, Magistrado de la Secc. III de la Audiencia Provincial de Granada.

20:00h: Acto de Clausura.

 

COLABORAN:

 

Consejo Andaluz de Colegios de Abogados

 

 

 

 

Consejo Andaluz de Colegios de Abogados

 

Registro_de_Expertos_Contables_Judiciales

Registro de Expertos Contables Judiciales. Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España

 

REFOR 

Registro de Economistas Forenses

 

Facultad de Derecho. Universidad de Granada

 

 

 

Facultad de Derecho. Universidad de Granada

 

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariles de Granada

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Universidad de Granada

 

Se acreditarán 16 horas de formación.

La información detallada sobre esta actividad formativa pueden encontrarla en el siguiente enlace: Tríptico FORUM REFORMA LC FEBRERO-MARZO 2013

La inscripción se puede realizar únicamente online a través del siguiente FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

 

 

 

Jornada sobre el Nuevo Escenario de la Administración Concursal: Responsabilidad y Aplicación Práctica

 

Ante la enorme inquietud que ha generado entre los integrantes de nuesto Colectivo Profesional el reciente desarrollo de la Ley Concursal y, en concreto, la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre, que establece un nuevo escenario de garantías para poder ejercer como Administrador Concursal, creemos del máximo interés poder afianzar el conocimiento del marco legislativo y del alcance práctico de las obligaciones y responsabilidades del Administrador Concursal, y su aplicación concreta a través de la pericia de dos de los ponentes más cualificados y con mayor experiencia en este ámbito, que puedan dar luz a las dudas y solución a los problemas que la nueva situación puede generar.

Fecha: 23 de enero de 2013. A partir de las 17:00h.

Lugar de celebración: Salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

PONENTES:

Sr. Don Eduardo Pavelek Zamora. Experto en Responsabilidad Civil.

Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes. Magistrado de la Sección III de la Audiencia Provincial de Granada.

 

Se acreditarán 3 horas de formación.

En el siguiente enlace pueden consultar detalladamente el PROGRAMA JORNADA 23 ENERO

Colabora:

 

 

La inscripción se realizará online, mediante el siguiente FORMULARIO ONLINE

Plazas limitadas hasta completar aforo.

 

I PREMIO DE INVESTIGACIÓN “FRANCISCO SALGADO DE SOMOZA”

 

 

 

La Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada y Thomson Reuters Aranzadi, con el fin de incentivar la investigación, el análisis y el estudio de los distintos temas en materia de Derecho Concursal crea este premio en honor a Don Francisco Salgado de Somoza, Abad de Alcalá La Real, por ser una de sus obras, Labyrinthus Creditorum Concurrentium, de 1.646, la que puede considerarse como el primer tratado sistemático del concurso, logrando que el sistema jurídico español tuviera gran influencia en toda Europa.
La dotación económica de este premio asciende a 3000 euros, cantidad sujeta a las retenciones fiscales que correspondan.

 

BASES

  1. Podrán optar a los premios (de forma individual o en coautoría) todas las personas que sean profesores de las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Granada que impartan docencia en materias jurídico, mercantil y económica; alumnos de último curso de las Facultades anteriormente mencionadas a falta de 30 créditos para concluir su titulación; los profesionales colegiados en los Colegios Profesionales de Abogados, Titulares Mercantiles y Economistas de Granada; así como los antiguos alumnos y alumnas de la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada .
  2. El trabajo versará sobre cualquier materia relacionada con la administración concursal.
  3. Debe tratarse de un trabajo inédito y original, respondiendo el autor (o autores) de la propiedad intelectual de la obra presentada y de la autoría de la misma.
  4. La extensión del trabajo no podrá ser inferior a las 50 páginas ni exceder de las 200 páginas formato DIN-A4, por una sola cara , siendo el tamaño de la letra de 12 puntos , interlineado de 1,5 y los márgenes superior, inferior, derecho e izquierdo de 3 cm, cada uno de ellos
  5. El trabajo será presentado en la sede de la Fundación sita en C/ Camino de Ronda 81, 1ª Planta, Oficina 3 de Granada antes de las 14 horas del día 29 de Marzo de 2013, en sobre cerrado, indicando en su exterior que va dirigido a este premio y el titulo del trabajo.
  6. En el interior de dicho sobre irán 3 copias del trabajo, sin que conste en el mismo la identidad de su autor o autora y otro sobre cerrado, figurando en su parte exterior el titulo del trabajo, conteniendo fotocopia del DNI y fotocopia del documento que lo vincule a lo recogido en la base primera. Además, en este último sobre, deberá figurar los datos del autor, domicilio, teléfono y e-mail a efecto de notificaciones. A las copias en papel del trabajo deberá adjuntarse su versión soporte informático, en texto Word.
  7. Los trabajos presentados serán juzgados por un Jurado nombrado al efecto por el Patronato de la Fundación, estando facultado para adoptar los acuerdos que considere convenientes.
  8. El fallo del Jurado se comunicará a los interesados que hubieren obtenido premio, pudiendo quedar desierto, siendo en todo caso inapelable este fallo.
  9. Este fallo se comunicará antes del día 6 de Mayo de 2013.
  10. La entrega de los premios correspondientes se efectuará en la fecha que dictamine el Patronato de La Fundación, y que será comunicada previamente a los ganadores.
  11. Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad de La Fundación, renunciando los autores a cualquier derecho sobre su obra, pudiendo ser publicados por ésta y difundidos electrónicamente.
  12. Por el hecho de concurrir a esta convocatoria, se entiende que aceptan automáticamente estas bases.

Colaboran:

        

 

 

En el siguiente enlace puede encontrarse también esta información. Bases Premio Francisco Salgado de Somoza

 

 

 

 

II Congreso Andaluz de Derecho Industrial

Con los objetivos de incentivar la formación de los profesionales del Derecho y de las ramas de la Economía y la Empresa en materia de derechos de exclusiva como patentes, marcas y diseños, no sólo como derechos subjetivos y patrimoniales, sino sobre todo como factor determinante del marco de la libertad de competencia en el mercado; insertar a Andalucía entre las Comunidades con un Derecho Industrial digno de atención nacional y a Granada entre las ciudades españolas habituadas a un debate de altura en lo que hace a este Derecho; y con la intención de abrir un camino que conduzca en el futuro a la creación de un Observatorio Andaluz de Derecho Industrial, que procure de forma continua formación en estas materias, programe másters, cursos y seminarios, elabore informes, haga recomendaciones, produzca publicaciones e investigaciones, etc.; la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada organiza el II Congreso Andaluz de Derecho Industrial, en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Granada, el Ilustre Colegio Oficial de Titulares Mercantiles de Granada y el Colegio de Economistas de Granada.

Asimismo, en su afán por favorecer la participación, se ha reservado un espacio para la presentación oral de las comunicaciones.  Se pretende que todos los asistentes al congreso, puedan presentar trabajos en este apartado.
Todas las comunicaciones aceptadas, tanto las seleccionadas para ser leídas en el Congreso, como aquellas que por limitación temporal no lo hubieran sido, podrán colgarse en formato de póster electrónico en la página web del congreso.  (Normas)

 

Fechas: 4 y 5 de abril de 2013.

Lugar de celebración: Hotel Carmen, Granada.

Dirección Académica: Ilmo. Sr. Don Blas Alberto González Navarro. Abogado. Magistrado en excedencia. Especialista del CGPJ en asuntos mercantiles.

Ponentes:

Dña. Adela Lario Rivas. Abogada. Directora Jurídica de Osborne.

Ilmo. Sr. D. Luis Garrido Espá. Magistrado Sección 15ª Audiencia Provincial de Barcelona. Especialista CGPJ asuntos mercantiles.

Dña. Alicia Arroyo Aparicio. Doctora en Derecho. Premio Extraordinario en Doctorado. Profesora Titular de Derecho Mercantil (UNED).

Dña. Mª Mar Gómez Lozano. Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Mercantil de la Universidad de Almería (UAL). Profesor-Tutor del Centro Asociado de la UNED en Almería.

D. Carlos González Navarro. Licenciado en Biología por la Universidad de Granada, Máster en Gestión de Biotecnología por Aliter Escuela Internacional de Negocios, en la que imparte el módulo de Transferencia de Tecnología, Máster en Derecho Europeo de Patentes. Responsable del Área de Gestión de la Innovación del Instituto Maimónides de Investigación Biomédica de Córdoba – IMIBIC. Director OTRI de la Fundación para la Investigación Biomédica de Córdoba – FIBICO.

Sr. D. Juan Arpio Santacruz. Profesor Titular de Derecho Mercantil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza; Master en Altos Estudios Europeos por Colegio de Europa (Brujas); y Doctor en Derecho por el Instituto Universitario Europeo (Florencia).

Dña. Eva Toledo Alarcón. Economista. Agente Oficial de la Propiedad Industrial. Perito judicial.

Sr. D. José Antonio Moreno Campos. Director General de ANDEMA.

PROGRAMA DETALLADO

INSCRIPCIÓN
 
Más información en: http://congresoderechoindustrial.com

 

 

 

Felices Fiestas

Feliz Navidad!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Sesión inaugural del I Foro Concursal Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada

SESIÓN INAUGURAL

El Director Académico del Foro, Don Enrique Pinazo, y Doña Nuria Orellana, titular del Juzgado Núm. 1 de lo Mercantil de Cádiz.

Los concursos ya no son sólo cosa de empresas

El incremento en el volumen de concursos no afecta en exclusiva a las empresas, sino también a las personas físicas, con o sin actividad empresarial. En estos casos, cada vez son más los consumidores que optan por esta vía. Personas con créditos hipotecarios y personales, que, en el caso de que exista insuficiencia de masa activa, es decir, patrimonio, y siempre que no haya acciones de responsabilidad por haber sacado bienes indebidamente, y no se vaya a calificar el concurso como culpable, el juez tiene la posibilidad de declarar el concurso y, en el mismo auto, concluirlo. Es lo que se conoce desde la reforma de la Ley Concursal, en octubre de 2011, como concurso exprés.

El problema radica en que esas personas, normalmente, lo que pretenden cuando optan por el concurso es suspender las ejecuciones, mientras dura el proceso,  y lograr una refinanciación, sin embargo, “son prácticamente insignificantes los concursos que acaban en convenio, esto es, en acuerdo, porque sus principales acreedores son entidades financieras y las ejecuciones hipotecarias no se suspenden, de modo que el banco sigue ejecutando la hipoteca sobre su vivienda”, explica Nuria Orellana, magistrada del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz. En su opinión, “para el consumidor con problemas de impagos el remedio no está en el concurso, sino que hay que darle otra solución”. Según su argumentación “alcanzar un convenio con  los acreedores pasa por el acuerdo, por la conformidad de los bancos, y cuando la persona física acude al Juzgado es porque los bancos no le han refinanciado su deuda”. También es cierto que las ejecuciones no hipotecarias, por ejemplo de créditos personales, quedan en suspenso, aunque hubiera sentencia del juzgado de Primera Instancia pero,  “es un alivio muy provisional, porque más temprano que tarde se llega a la liquidación”. 

En el caso de las personas físicas con actividad empresarial o personas jurídicas declaradas en concurso y sin bienes suficientes, masa activa, para poder satisfacer los créditos contra la masa,  que son fundamentalmente los posteriores a la declaración del concurso, es decir, gastos, costas del proceso, retribución de administradores concursales, trabajadores, etc., la Ley Concursal prevé la posibilidad de que se concluya el procedimiento y que se archive en cualquier momento del proceso, una vez declarado, o en el mismo auto de declaración del concurso. Pero en estos casos se plantean más problemas que en esta misma situación cuando el concursado es un consumidor.   De hecho, la reforma de la Ley prevé que en estos concursos exprés la sociedad se extinga y se cancele en el registro mercantil. En tales situaciones Nuria Orellana plantea algunos interrogantes a propósito de que una vez extinguida la sociedad y cancelados sus asientos registrales ya no se pueda demandar a esa sociedad, salvo que aparezcan nuevos bienes. Igualmente se ha referido a la problemática acerca de la repartición de los bienes, que, aunque insuficientes, existen.

La casuística más habitual, en esos concursos por insuficiencia de masa activa, ha centrado la ponencia que la magistrada del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz  ha impartido en el I Foro Concursal de Granada. Éste es un programa formativo que ha organizado la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada, junto a la consultora Thomson Reuters Aranzadi, que se extenderá, en sesiones mensuales, hasta el próximo 7 de mayo.

En la primera sesión también han intervenido el director académico del Foro, Enrique Pinazo, magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Granada; Fernando Oliet, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; Enrique Sanjuán, magistrado especialista en Mercantil, y Joaquín Almoguera, socio del Departamento Procesal de Garrigues.

Este I Foro Concursal pretende ofrecer una formación especializada y práctica en la materia del Concurso Mercantil, con el objetivo de formar profesionales con los adecuados conocimientos y habilidades técnicas y jurídicas, de aplicación real, para el desenvolvimiento laboral  en cualquier actividad relacionada con ese ámbito.

 

 

I FORO CONCURSAL ARANZADI – FUNDACIÓN ESCUELA DE DERECHO CONCURSAL Y MERCANTIL DE GRANADA

El Foro Concursal Aranzadi – Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada pretende ser un lugar de encuentro entre profesionales, basado en la práctica y el debate, destinado a la actualización continua de los conocimientos necesarios en el ámbito del Derecho Concursal, con engarces del Derecho Mercantil, del Derecho Social y otros Derechos, además de la Economía y la Contabilidad. Se presenta como una ambiciosa iniciativa que posibilita el contacto periódico entre los profesionales de las situaciones concursales.

El formato de Foro Concursal posibilita la participación constante de todos los asistentes. Desde el análisis riguroso y ameno, las exposiciones siempre quieren buscar la incidencia normativa, judicial y doctrinal más novedosa, prestando especial relevancia al destino profesional de ejercicio público y privado (empresas y profesionales libres) con la idea de fomentar la actualización de la formación y conocimientos de puesta al día o reciclaje profesional para con el actuar de esos profesionales del derecho o la economía, empresas, administraciones, entidades colaboradoras, sindicatos, asesorías, consultorías y demás entidades implicadas en la temática Concursal.

Dirigido a Profesionales interesados en el concurso mercantil y sus aledaños: abogados, titulares mercantiles, economistas, graduados, profesionales liberales o de empresa, directores y administradores concursales, además de personal de administraciones, empresas, sindicatos y otras entidades colaboradoras y responsables.

La dirección académica correrá a cargo del Ilmo. Sr. Don Enrique Pinazo Tobes, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Granada, especialista del CGPJ en Asuntos Mercantiles; y el cuadro de profesores permanentes engloba a Don Joaquín Almoguera Valencia, Abogado. Socio Responsable del Departamento Procesal de Garrigues de Málaga y Granada; al Ilmo. Sr. Don Fernando Oliet Pala, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Granada); y al Ilmo. Sr. Don Enrique Sanjuán Muñoz, Magistrado Especialista Mercantil.

La inscripción en este Foro incluirá asimismo legislación actualizada, el acceso con clave personalizada a la Base de Datos Experto Concursal vigente durante la duración del Foro, y regalo de un e-book con plataforma multifuncional que proporciona acceso móvil a las obras de Aranzadi y Civitas siempre actualizadas y en formato electrónico.

El foro se desarrollará a lo largo de siete meses, con una sesión al mes en horario de 16:30h a 20:30h; comenzando el próximo día 27 de noviembre.

Las plazas son limitadas y la admisión por riguroso orden de inscripción.

Pueden ampliar información en el siguiente enlace: I FORO CONCURSAL GRANADA (pdf)

Puede realizar su inscripción mediante INSCRIPCIÓN ONLINE

 

 

 

Regulado el Seguro de Responsabilidad Civil de los Administradores Concursales

El pasado sábado, día 6 de octubre, se publicó en el BOE el Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre, que regula el seguro de responsabilidad civil y la garantía equivalente de los Administradores Concursales.

La entrada en vigor se fijó el día siguiente de su publicación, y en sus Disposiciones Transitorias establece la obligación de las Administraciones Concursales constituidas con posterioridad al 1 de enero de 2012 de adaptar sus seguros de RC a esta nueva normativa en el plazo de dos meses.

En el siguiente enlace podéis conocer los detalles: BOE Real Decreto 1333/2012

 

Regulado el Seguro de Responsabilidad Civil de los Administradores Concursales

El pasado 22 de septiembre el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se regula el seguro de responsabilidad civil y la garantía equivalente de los Administradores Concursales, para cubrir la responsabilidad en la que puedan incurrir en el ejercicio de su función.

Pueden ampliar esta información en el siguiente documento.

 

Los pagos realizados por la fiadora de la concursada posteriores a la declaración del concurso no pueden considerarse de créditos contra la masa

La Sentencia de 26 de marzo de 2012 del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, considera que no puede calificarse de créditos contra la masa los pagos realizados por la fiadora de la concursada posteriores a la declaración de concurso, dado que «la reciprocidad, convertida en determinante del ámbito de aplicación de los artículos que se dicen infringidos, no es calidad atribuible al derecho de la fiadora al reintegro de lo que pagó a los acreedores de la concursada, pues no tiene correspondencia con contraprestación alguna a favor de la obligada al reembolso y a cargo de la fiadora».

Más información en Sentencia 26 MARZO 2012