Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, relativo a la competencia del juez del Concurso

En el Auto de 24 de enero de 2012, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo concluye «que el juez del concurso deja de tener la competencia para el conocimiento de las acciones y procedimientos con trascendencia para el patrimonio del deudor a que se refieren los art. 8 y 50 de la Ley desde la firmeza de la sentencia aprobatoria del convenio hasta la declaración de cumplimiento del mismo o, en su defecto, hasta la apertura de la fase de liquidación, lo que, además, se encuentra en armonía con que durante ese espacio temporal el concursado recupere su actividad profesional o empresarial a traves precisamente del convenio».

Para ampliar esta información pulse en el siguiente enlace: Auto de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo

 

 

 

Hacienda quiere todo el IVA de las empresas en difucultades

Según lo establecido en el Anteproyecto de Ley de Medidas contra el fraude fiscal, Hacienda ha decidido obtener toda la financiación posible de las empresas en concurso, en concreto, del IVA; una medida que se ceba con las sociedades que atraviesan una situación delicada.

En el siguiente artículo podrán ampliar esta información: Artículo Expansión

 

 

 

Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Registro Público Concursal

La publicidad de los concursos de acreedores es una consecuencia necesaria del carácter universal de los efectos del concurso de acreedores, que exige que el conocimiento de su declaración y de los pormenores de su tramitación llegue a todos los posibles interesados. Es por ello que la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal presta especial atención a la publicidad del concurso de acreedores, que ha de permitir  a estos conocer no sólo la existencia de un concurso que les afecta, sino que también la de todas las resoluciones que se aprueben a lo largo del proceso concursal y de las anotaciones que se han de practicar en los registros públicos jurídicos de personas y bienes.

Los problemas que se fueron detectando tras la entrada en vigor de la Ley Concursal pusieron de manifiesto la necesidad de reforzar el papel que aquí ha de cumplir el Registro Público Concursal. El Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica, ya modificó el artículo 198 de la Ley Concursal, con esa finalidad. E, igualmente, la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, profundizó en esta cuestión modificando no sólo el artículo 198, sino también el 24 relativo a la publicidad registral.

El calado de esta reforma obliga a establecer un régimen nuevo para el Registro Público Concursal, que, por un lado, se adapte a su nueva configuración en el artículo 198 de la Ley Concursal y, por otro lado, instaure los mecanismos de coordinación entre los diversos registros públicos que prevé el apartado 7 del artículo 24 de la Ley.

En el siguiente enlace podrán acceder al texto completo del PROYECTO DE REAL DECRETO REGISTRO PUBLICO CONCURSAL

 

 

Sesión Magistral «La Regulación de Empleo en el Concurso» y Mesa Redonda

El próximo Martes 19 de Junio a las 17:00 horas en la Sede del Colegio de Abogados se celebrará la sesión «La Regulación de Empleo en el Concurso» impartida por la Ilma. Sra. Doña Nuria Orellana Cano, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Cádiz.

Posteriormente, a las 18:30 horas  se completará con una Mesa Redonda cuyos invitados serán: Ilmo. Sr. Don Jesús Ignacio Rodríguez Alcazar, Magistrado Juez de lo Social Nº1 de Granada y Don Jerónimo Muñoz de la Cámara, Letrado de la Tesorería General de la Seguridad Social en Granada.

Al ser el aforo limitado y ser parte de la formación de los alumnos, se ruega confirmen su asistencia a la siguiente dirección de correo electrónico: secretaria@escueladerechoconcursal.org

 

 

 

 

 

II Congreso Andaluz de Derecho Industrial – Marzo 2013

 

La II Edición del Congreso Andaluz de Derecho Industrial tiene previsto celebrarse en el mes de Marzo de 2013, en Granada.

 
 
Próximamente ofreceremos información más detallada.

Sesión Magistral «Los Acuerdos de Refinanciación y su Homologación»

 

El lunes 14 de mayo, a las 17:00 horas; en el Salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, sito en Plaza de Santa Ana, 5; tendrá lugar la Sesión Magistral «Los Acuerdos de Refinanciación y su Homologación», a cargo de Don Sebastián Sastre Papiol, Responsable del Servicio Jurídico de La Caixa.

Dado que el aforo es limitado, la asistencia requiere confirmación previa a secretaria@escueladerechoconcursal.org.

 

 

Anteproyecto de Ley de Medidas contra el Fraude Fiscal

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas prepara el Anteproyecto de Ley de Medidas de Lucha contra el Fraude Fiscal.

Las líneas generales del Anteproyecto elaborado por el Ministerio van desde la limitación del uso de efectivo en operaciones empresariales o profesionales, las medidas asociadas al programa de regularización extraordinaria, la exclusión del régimen de módulos, nuevas medidas que garantizan el cobro de deudas tributarias, la ampliación de la responsabilidad de los sucesores de sociedades, un nuevo supuesto del responsable subsidiario por retenciones o repercusiones, la prohibición de disponer de inmuebles situados en sociedades, la inversión del sujeto pasivo en operaciones inmobiliarias, la distinción de cuotas soportadas antes o después del auto de concurso, hasta el endurecimiento de sanciones por resistencia a la inspección.

Todo esto se desarrolla en el siguiente documento sobre el Plan de Lucha contra el Fraude elaborado por el Ministerio, así como en un informe que esta Fundación pone a su disposición resumiendo los principales puntos de interés.

 

Próximas sesiones de los Cursos de Derecho Concursal

Mañana martes, día 13 de marzo, tendrán lugar las próximas sesiones de los cursos de Derecho Concursal que se vienen impartiendo en el Hotel Carmen de Granada.

En el Curso de Iniciación al Derecho Concursal correrá a cargo de Don Aurelio Gurrea Chale; y en el Curso de Especialización en Derecho Concursal impartirá la sesión Don Fernando Caballero García.

 

 

Curso de Especialización en Derecho Concursal

Los procesos concursales acrecientan su eficacia si las empresas recurren a esta vía cuando perciben dificultades

 El volumen de procesos concursales anuales en el resto de Europa y Estados Unidos multiplica por decenas los 6.000 aproximadamente que se producen en España. Esa diferencia no es consecuencia de que aquí las empresas estén atravesando menores dificultades que en esos países, sino de que en las naciones con tradición asentada en este tipo de procesos se acude a ellos con mayor naturalidad.

En este sentido, el que ha sido hasta ahora magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, Blas Alberto González, explica que “el problema de fondo de la Ley Concursal es que el empresario no confía en el concurso como instrumento para la salvación de su empresa”. Añade este experto que “el administrador de una empresa conoce perfectamente cuándo su negocio está entrando en insolvencia, pero no acude al concurso, sobre todo, porque el mercado deja de confiar automáticamente en esa empresa, y eso es un problema que debe solucionarse”.

La reforma de la Ley Concursal, que ha entrado en vigor el primero de enero, mejora algunos aspectos de la Ley de 2003, que sustituyó a una vieja legislación centenaria y pretende situar a España en la línea de la normativa de los países de su entorno. Sin embargo, se echa en falta un cambio en la cultura empresarial. De ahí que González apunte que “lo importante es que el empresario dé la orden de acudir a un proceso concursal cuando observe los primeros problemas, porque ahí es cuando estos procesos son realmente útiles, pero aún no ha calado este mensaje; cuando lo haga se eliminará el estigma y será perfectamente normal que un empresario vaya a un concurso, porque eso implica que es diligente, responsable y se preocupa por la viabilidad de su empresa”.

Esos han sido algunos de los mensajes que ha lanzado Blas Alberto González, ponente en la primera sesión del Curso de Especialización en Derecho Concursal que organiza la Fundación Escuela de Derecho Concursal y Mercantil de Granada. Un curso en el que participan casi un centenar de profesionales y se extenderá hasta el próximo 15 de mayo.

En este periodo formativo se proporciona a los asistentes las claves para aprender a manejar la Ley tras la reforma. Entre ellos aparecen administradores concursales, obligados a conocer los cambios que se han producido, pero también una gran cantidad de profesionales que asesoran, desde distintos ángulos, a empresas que se han visto involucradas en concursos, ya sea porque son deudores o porque son acreedores.

Tan sólo dos meses después de la entrada en vigor de la reforma el que ha sido titular del Juzgado de lo Mercantil de Granada, Blas Alberto González, considera que es pronto para hacer una valoración de las posibles mejoras que introduce. No obstante subraya que algunas de las modificaciones están funcionando “razonablemente bien”. En especial los cambios relativos a la reducción de los administradores concursales que pasan de tres a uno, ya sean concursos abreviados u ordinarios; la posibilidad de nombramiento de las personas jurídicas como administradores concursales; y la introducción de los concursos necesarios automáticos, esto es, “sociedades que ya han sido declaradas en insolvencia por otro Juzgado de lo Laboral o por Hacienda, que son objeto de una declaración de concurso automática, sin necesidad de dar traslado a las partes”, aclara González. Si bien queda por comprobar el comportamiento de otros mecanismos que se han introducido, tales como los relativos al traslado previo de los informes provisionales, si será eficaz en la reducción del volumen de incidentes que se generan en el proceso o si permitirá archivar todos los concursos en los que, simplemente, no hay masa para pagar nada.

 

Despedida de Don Blas Alberto González, ex magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada

“Me siento participe del éxito de la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil”

 El magistrado Blas Alberto González Navarro, que ha estado hasta hoy al frente del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, deja su puesto y con él la Dirección Académica de la Escuela de Derecho Concursal y Mercantil, ya que ese cometido, compartido con el magistrado de la Audiencia, Enrique Pinazo, está ligado al Juzgado, no es personal. Así, el encargo pasará al nuevo juez que conozca de los asuntos mercantiles granadinos.

Pero ese traspaso tiene una trascendencia singular para la Fundación, ya que la implicación de Blas Alberto González con la entidad ha sido estrecha y desde su gestación. De hecho, comenta que “la Fundación es una criatura que ha nacido gracias al esfuerzo compartido de muchas personas, y yo he sido una de ellas”.

El hecho de que el último curso iniciado, el de Especialización en el Proceso Concursal, cuente con casi un centenar de profesionales asistentes es una muestra de que la colaboración genera frutos, lo que satisface muy especialmente a aquellos que creyeron en la viabilidad de esta iniciativa y pusieron las mimbres para hacerla realidad. No resulta extraño, pues, que el ya ex magistrado, comente que “me siento partícipe de los éxitos de la Escuela y, aunque ya no podré estar como parte integrante de la Fundación, vendré siempre que se me invite”.